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Criminología indeterminadas indeterminados

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Juan Muñoz Sánchez<br />

propio en ningún caso podemos hablar de que se esté creando un peligro común,<br />

que afecte a una pluralidad indeterminada de personas, y que es el propio de los<br />

delitos de peligro contra bienes jurídicos colectivos, como es la salud pública. Así<br />

parece razonar la sentencia comentada cuando afirma de forma contundente que<br />

“Se castiga la promoción del consumo ajeno, pero no la del propio consumo” 102 ,<br />

aunque éste fuera ilegal.<br />

Con esta interpretación del tipo del artículo 368 que hace la Sala segunda del TS,<br />

que compartimos, resulta extraña la condena a unas personas que cultivan cannabis<br />

para su propio consumo o que coordinan a otros para que cultivaran cannabis para<br />

su propio consumo.<br />

Se hace necesario precisar los hechos probados para después determinar si tales<br />

hechos son subsumibles en el tipo penal tal como ha sido interpretado por el Pleno<br />

de la Sala segunda.<br />

Lo que se ha sometido a enjuiciamiento es la actividad de los cargos directivos y<br />

de dos socios de la Asociación de Estudios y Usuarios del Cáñamo EBERS.<br />

Asociación inscrita en el registro General de Asociaciones del País Vasco cuyos<br />

fines son, según el artículo 2 de sus Estatutos:<br />

1º- “Informar a sus socios de las cuestiones relativas al cáñamo, estudio e<br />

investigación de dicha cuestión, representación y defensa de sus asociados… No<br />

constituye objetivo de la asociación el fomento ni la difusión de sustancia alguna…”<br />

2º. “Desarrollar y compartir el proyecto de… uso compartido, teniendo como<br />

máxima cumplir siempre los consejos establecidos por el Tribunal Supremo<br />

Español, que en su reciente línea jurisprudencial que acoge la impunidad del<br />

consumo compartido por personas ya usuarias, se precisa acreditar en tales casos<br />

que no existe riesgo del consumo indiscriminado”<br />

3º. “También es objetivo desarrollar un programa de información demandado<br />

por algunos socios sobre…” el uso terapéutico del cannabis<br />

En el mismo artículo se prevé el alquiler de un local en donde crear un espacio<br />

adecuado para llevar a término las catas del vegetal y experimentar con genéticas<br />

para usos terapéuticos y lúdicos.<br />

Los socios suscribían dos documentos, uno el Contrato de previsión de consumo,<br />

manifestando cada socio la cantidad de consumo prevista para seis meses, y el<br />

Acuerdo de cultivo colectivo que estipulaba que el cultivo se llevará a cabo en un<br />

espacio que no excederá nunca del total resultante de adjudicar a cada socio una<br />

porción de suelo no superior a un metro cuadrado y “que en todo caso, los frutos<br />

recolectados… serán exclusivamente destinados al uso o consumo personal y<br />

privado”.<br />

“Con base en todas estas previsiones, la asociación EBERS puso en funciona-<br />

102 FD undécimo, p. 36.<br />

Revista Electrónica de Ciencia Penal y <strong>Criminología</strong>. 2015, núm. 17-22, pp. 1-50 − ISSN 1695-0194

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