REVISTA PESCA JUNIO 2018
La revista Pesca es un medio de información alternativo sobre temas del mar y de la pesca. Proporciona información e ideas obtenidas de diversas fuentes, que exponen la temática de la pesca en el Perú y el mundo, con el objeto de aportar a la formación de opinión propia en base a la lectura de las notas publicadas. Siendo la pesca una actividad poco difundida y poco conocida por el ciudadano común, pretende contribuir a la generación de mayor conocimiento individual derivada del análisis de los artículos. Se publica en forma mensual, en formato digital y su descarga es gratuita. En la edición de Junio de 2018 se presentan una serie de artículos referentes a la llamada ley de cuotas pesqueras de anchoveta en Perú, que cumple diez años de vigencia.
La revista Pesca es un medio de información alternativo sobre temas del mar y de la pesca. Proporciona información e ideas obtenidas de diversas fuentes, que exponen la temática de la pesca en el Perú y el mundo, con el objeto de aportar a la formación de opinión propia en base a la lectura de las notas publicadas.
Siendo la pesca una actividad poco difundida y poco conocida por el ciudadano común, pretende contribuir a la generación de mayor conocimiento individual derivada del análisis de los artículos. Se publica en forma mensual, en formato digital y su descarga es gratuita.
En la edición de Junio de 2018 se presentan una serie de artículos referentes a la llamada ley de cuotas pesqueras de anchoveta en Perú, que cumple diez años de vigencia.
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EDITORIAL<br />
El Estado no inspira confianza en los ciudadanos, que prefieren seguir en la informalidad y el anonimato y/o pagar lo menos<br />
posible. Los que tributan son pocos y son los únicos sobre quienes se intensifica o pretende intensificar la presión<br />
tributaria. En este contexto, la industria pesquera debe pagar al Estado un justo precio para obtener el derecho a pescar;<br />
y el país debe tener la certeza de que ese dinero será invertido en beneficio de la población.<br />
La pesquería no debe causar pérdidas a la sociedad (contaminación, destrucción de ecosistemas, pérdida de recursos,<br />
etc.), sino que debe generar ingresos para la administración, que cede la explotación de un recurso público a un sector<br />
de la sociedad, a cambio de un pago que permite la estabilidad de la explotación.<br />
Hablar del pago de impuestos y derechos de pesca o su incremento, puede resultar espinoso en un país en el cual se<br />
pretende recaudar más, sin que el ciudadano tenga la certeza de que lo que paga no se emplea en gastos inútiles, o en<br />
actos de corrupción. La improvisación y la ausencia de una agenda y de una política pesquera reafirma la resistencia al<br />
pago de impuestos y derechos de pesca.<br />
No se debe confundir el impuesto a la renta y los derechos de pesca con los aportes sociales derivados de la Ley 30003 y<br />
el DL 1084. Los dos primeros son ingresos para el Estado quien decide en qué se emplean. Los últimos solo benefician a<br />
la jubilación de los pescadores industriales. No tienen carácter de tributos.<br />
Si se prorroga la vigencia del aporte de US$1.95 x Tm. de anchoveta descargada y a la vez se prorroga el congelamiento<br />
de la tasa de derechos de pesca, el beneficio es exclusivamente para los pescadores industriales jubilados. Si se derogase<br />
ese aporte y se trasladase, por ejemplo, ese importe a los derechos de pesca, el beneficiario es el país a través del canon<br />
pesquero y a través de un óptimo manejo de los recursos que quedan en PRODUCE, que es el ente recaudador.<br />
La dificultad está en establecer con precisión el precio del derecho de pesca, de forma que ni sea tan grande que acabe<br />
con la explotación del recurso, ni tan pequeño que no haga partícipe del negocio al país. También la base de recaudación<br />
de estos derechos, hoy concentrada principalmente en la anchoveta, merluza, jurel y atún, necesita ampliarse.<br />
El Estado debe participar en forma justa y equitativa no solamente en la rentabilidad del negocio, sino que debe ser resarcido<br />
por los impactos que la pesquería causa sobre el ecosistema y el medio ambiente, los cuales son independientes<br />
de la rentabilidad del negocio.<br />
Esto tiene que ser entendido en su verdadero contexto. El impuesto a la renta de tercera categoría es una participación<br />
en las utilidades empresariales. Pero ocurre que una empresa puede tener grandes, medianas o pequeñas utilidades; o<br />
aún pérdidas. Sin embargo para llegar a cualquiera de esos niveles de utilidad o pérdidas, ha efectuado una extracción<br />
de recursos pesqueros con los efectos inevitables que ello produce sobre el ecosistema y el medio ambiente. Por ese solo<br />
acto el Estado merece una compensación adecuada. En parte el problema es político, pero también social, técnico, jurídico<br />
y económico.<br />
El tema a debatir, está en la necesidad de replantear la normatividad vigente para el empleo de los recursos financieros<br />
provenientes de los derechos de pesca y del canon pesquero. Incrementar los derechos de pesca como decisión aislada<br />
no mejora la situación actual. Tendría que ir acompañada de normas que garanticen que el dinero recaudado se emplee<br />
exclusivamente en inversiones para beneficio del propio sector y de las mayorías. No en gastos corrientes o superfluos.<br />
En la presente edición, un análisis detallado de los derechos de pesca a los diez años de vigencia del DL 1084.<br />
Revista Pesca junio <strong>2018</strong> 2