PYMES MAGAZINE - OCTUBRE 2020
Revista dirigida a pymes, autónomos y emprendedores. Actualidad, reportajes, artículos de expertos, entrevistas, cultural, solidario
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Ante el
incumplimiento
de las
obligaciones, el
ordenamiento
jurídico prevé
dos clases de
respuestas para los
casos más graves
patria potestad de cuatro a diez años.
Y esa inhabilitación afecta no sólo a su
relación con el menor absentista, sino
también al resto de menores que estuvieren
bajo su patria potestad durante
el tiempo de la condena.
La Segunda es una respuesta administrativa,
en la que se determine que
un menor se encuentre en una grave
de posición de Desamparo legal por
un incumplimiento absoluto de los
deberes en la patria potestad,así como
una auténtica dejadez en las obligaciones
morales y físicas con respecto al
menor. Son casos muy extremos. Estos
no tienen justificación alguna en
muchas ocasiones.
En la nota de servicio del Excmo.
Fiscal de Sala de Menores de 3 de
septiembre de 2020 se concluye que
“sólo aquellos casos que carezcan de
justificación clara y terminante para
la exención, aun temporal, del deber
de asistencia presencial del alumnado
al centro motivarán que el Ministerio
Fiscal prosiga sus diligencias a los efectos
de ejercitar la acción penal […]”.
En tan solo 7 días tras la aperturas de
las aulas hemos tenido conocimiento
de la primera Sentencia dictada por el
un Juzgado de León, ha obligado a la
madre de un niño de 5 años a llevar
a su hijo al colegio a pesar de su “temor”
a que se contagie de coronavirus.
Así, rezaba un medio informativo
“El Juzgado de Familia de León ha
dado, por tanto, la razón al padre que
sí quería escolarizar a su hijo frente a
la decisión contraria de la madre. La
pareja está separada y tiene opiniones
diferentes sobre la obligación de
educar al niño y de que asista al centro
“El derecho a la educación del menor
no es del padre ni la madre”Según ha
informado el Tribunal Superior de
Justicia de Castilla y León, el Juzgado
entiende, en sintonía con el Ministerio
Fiscal, que actúa en interés del menor.
“El derecho a la educación es del
menor no del padre ni de la madre,
y un niño a esa edad más que aprender
va al colegio a socializarse y eso
no puede hacerse con la madre y los
abuelos maternos, los cuales atendiendo
a las circunstancias expuestas no
están exentos del riesgo de contagio
de la enfermedad”, señala el auto del
Juzgado.
En opinión del Fiscal de Menores,
Pedro Díaz Torrejón : Sólo correrán
riesgo de incurrir en responsabilidades
penales o consecuencias civiles de protección
de menores los casos en que:
El riesgo de contagio se utilice como
coartada para encubrir una situación
de dejadez o negligencia que obedezca
a otros factores de riesgo para los
menores.
La conducta de los padres resulte patológica,
de tal manera que el miedo al
contagio resulte exagerado o desproporcionado
en relación a la percepción
social y la información epidemiológica
de la región donde reside el menor.
En este supuesto, podría aplicarse una
atenuación de la responsabilidad penal
por remisión incompleta al miedo insuperable
(art. 21.1ª en relación con el
20.6º CP). Y en el caso del desamparo,
probablemente invitará a la entidad
pública a explorar la situación de salud
mental de los padres para verificar si
constituye otro factor más de riesgo a
evaluar.
Fuera de esos niveles de gravedad, los
colectivos de padres desconfiados de
las directrices de las autoridades educativas
generarán muy posiblemente
desajustes organizativos e incumplimientos
normativos en los primeros
compases de la vuelta a las clases que,
jurídicamente, tendrán consecuencias
administrativas pero no alcanzarán
relevancia penal o de protección de
menores. Y pronto se desvanecerán,
bien porque los datos demostrarán que
los medios y protocolos implementados
resultaron adecuados y suficientes
y el virus no tuvo posibilidad de
extenderse por los centros educativos,
o bien porque revelarán lo contrario
y será preciso suspender la actividad
presencial.
En fin, la polémica está servida, la
responsabilidad de todos los ciudadanos
y el cumplimiento de las medidas
de prevención podrán hacer frente a
esta pandemia , y sólo el tiempo nos
dará la respuesta a tanta incertidumbre
y miedos suscitados.
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