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Derechos de los <strong>pacientes</strong> <strong>con</strong> cáncer<br />
en materia de salud<br />
7.7. ¿Quiénes son los encargados de realizar el monitoreo<br />
y seguimiento a los casos <strong>con</strong> cáncer?<br />
Las unidades o Instituciones Prestadoras de Servicios de Atención de Cáncer Infantil<br />
son las responsables de registrar, <strong>con</strong>servar, procesar, analizar y brindar los datos para<br />
el monitoreo y seguimiento de cada uno de los casos de cáncer infantil, durante toda la<br />
etapa de tratamiento y pos tratamiento, manteniendo la debida <strong>con</strong>fidencialidad.<br />
8. RESOLUCIÓN 4504 DE 2012<br />
Establece la reglamentación de las Unidades de Atención de Cáncer Infantil (UACAI),<br />
que deben integrar los servicios oncológicos para menores de 18 años, garantizando la<br />
prestación de calidad de los servicios.<br />
9. RESOLUCIÓN 4331 DE 2012<br />
66<br />
Esta resolución estableció que las autorizaciones de servicios de quimioterapia o<br />
radioterapia de <strong>pacientes</strong> <strong>con</strong> cáncer deberán autorizarse de forma integral para todos los<br />
ciclos incluidos en la guía o protocolo . En caso de que los servicios sean prescritos por<br />
fuera de lo establecido en los protocolos, se deberán autorizar ciclos de mínimo 6 meses.