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EXÉGESIS DEL TÉRMINO CAUSA GENERADORA DE LA ...

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LIC. MARTÍN LÓPEZ IGNACIO<br />

jor aprovechamiento. La asamblea, con los requisitos de asistencia y<br />

votación previstos para la fracción IX del artículo 23 podrá decidir<br />

transmitir el dominio de áreas de uso común a estas sociedades en los<br />

casos de manifiesta utilidad para el núcleo y en los términos previstos<br />

por el artículo 75. 7<br />

Asimismo, existen otros supuestos legales se consideran como título reg-<br />

ular de los derechos sobre las parcelas, a saber: que la asamblea asigne for-<br />

malmente a un ejidatario o individuo vinculado con el ejido los derechos de<br />

uso y aprovechamiento respectivos. Esto es, a falta de los certificados alu-<br />

didos por el artículo 78 de la Ley Agraria, es posible justificar el uso y<br />

aprovechamiento del inmueble a través de un diverso reconocimiento for-<br />

mal por el órgano máximo del núcleo agrario, como lo disponen los artícu-<br />

los 22, 23, fracción VIII y 56 de la invocada legislación, al establecer:<br />

ARTÍCULO 22.- EL órgano supremo del ejido es la asamblea, en la<br />

que participan todos los ejidatarios […]<br />

ARTÍCULO 23. - La asamblea se reunirá por lo menos una vez<br />

cada seis meses o con mayor frecuencia cuando así lo determine su<br />

reglamento o su costumbre. Serán de la competencia exclusiva de la<br />

asamblea los siguientes asuntos:<br />

[...] VIII. Reconocimiento del parcelamiento económico o de hecho<br />

y regularización de tenencia de posesionarios.<br />

ARTÍCULO 56.- La asamblea de cada ejido, con las formalidades<br />

previstas a tal efecto en los artículos 24 a 28 y 31 de esta ley, podrá deter-<br />

minar el destino de las tierras que no estén formalmente parceladas,<br />

efectuar el parcelamiento de éstas, reconocer el parcelamiento económi-<br />

co o de hecho o regularizar la tenencia de los posesionarios o de quienes<br />

carezcan de los certificados correspondientes. Consecuentemente, la<br />

asamblea podrá destinarlas al asentamiento humano, al uso común o<br />

7 Op. Cit. pp. 208, 209.<br />

38<br />

REVISTA <strong>DE</strong> LOS TRIBUNALES AGRARIOS SEGUNDA ÉPOCA AÑO III NÚMERO<br />

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