Acuífero Guaraní 2da edicion.pmd - Casa Bertolt Brecht
Acuífero Guaraní 2da edicion.pmd - Casa Bertolt Brecht
Acuífero Guaraní 2da edicion.pmd - Casa Bertolt Brecht
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○<br />
La novedad que representa el caso uruguayo es que, a diferencia de la<br />
legislación comparada, el dominio público del agua subterránea esta<br />
consagrado a nivel constitucional. La legislación vigente en Italia y en España<br />
también se inscriben en esta tendencia.<br />
Aguas subterráneas en el MERCOSUR<br />
GUILLERMO GARCÍA DUCHINI<br />
En las normas internas de los cuatro países que originalmente integraron<br />
el MERCOSUR, está establecido el carácter público de esta agua. Existe, en<br />
éste ámbito, un documento denominado “Proyecto de declaración de<br />
principios básicos y líneas de acción para el Sistema <strong>Acuífero</strong> <strong>Guaraní</strong>.”<br />
Creemos sumamente importante resaltar el numeral primero de dicho<br />
proyecto, que declara que,<br />
“El Sistema <strong>Acuífero</strong> <strong>Guaraní</strong> es un recurso hídrico transfronterizo que<br />
integra el respectivo dominio territorial soberano de la Argentina, Brasil,<br />
Paraguay y Uruguay, en tanto que únicos titulares de dicho recurso.”<br />
Se deja de lado así el criterio promovido por algunos países de considerar<br />
el agua como “patrimonio común de la humanidad”. La postura adoptada<br />
es, a nuestro criterio, la correcta, tal como lo recoge la Resolución de la<br />
Asamblea General de Naciones Unidas 3281, Carta de Derechos y Deberes<br />
Económicos de los Estados, del 12 de diciembre de 1974, en sus artículos<br />
2.1 y 3.<br />
Dejando de lado lo legislado para el <strong>Acuífero</strong> <strong>Guaraní</strong>, tampoco existe en<br />
el MERCOSUR una normativa general sobre los recursos hídricos tal como<br />
acontece en Europa. Recién a fines del año pasado empezó a funcionar una<br />
comisión de recursos hídricos en dicho ámbito.<br />
Como propuesta para ahondar en el tema pensamos que debería hacerse<br />
una «Carta del Agua», con la participación de la sociedad civil, que recoja los<br />
principios generales que deben regir el aprovechamiento del recurso hídrico,<br />
en general, y de las aguas subterráneas, en particular.<br />
55