cartilla para empleadores y trabajadores - comfamiliar nariño
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• Copia de la nómina mensual de salarios causados o certificación donde relaciona los <strong>trabajadores</strong> vinculados laboralmente en el<br />
Departamento de Nariño, debidamente firmada por Representante Legal o del responsable de oficina de Recursos Humanos o Relaciones<br />
Laborales.<br />
NOTA: Para Empresas que hayan pagado meses anteriores antes de la afiliación, anexar copia comprobante de pago en caso de consignación o<br />
reporte de planilla única.<br />
3.6.- AFILIACIÓN VOLUNTARIA DE TRABAJADORES INDEPENDIENTES, PENSIONADOS Y DESEMPLEADOS (Afiliados Facultativos).<br />
La afiliación de los <strong>trabajadores</strong> independientes, pensionados y desempleados aplica <strong>para</strong> aquellos que decidan VOLUNTARIAMENTE afiliarse a<br />
una Caja de Compensación Familiar, conforme al principio de libertad de escogencia que deberá ser respetado por la respectiva Caja, y pagará<br />
el 2% sobre sus ingresos.<br />
Los Pensionados por vejez o invalidez y Jubilados podrán afiliarse a la Caja de Compensación Familiar, aportando el 2% de su mesada<br />
pensional. Estos aportes los hace la entidad que tenga a cargo el pago de la pensión siempre y cuando la Caja tenga convenio con la entidad, de<br />
lo contrario el pensionado es quien efectúa los pagos cada mes, y los independientes pagan el 2% mínimo sobre el salario mínimo legal vigente.<br />
3.6.1.- REQUISITO DE AFILIACIÓN PARA AFILIADOS FACULTATIVOS:<br />
• Diligenciar el formulario según tipo de trabajador a máquina o letra imprenta legible y clara. No debe contener ningún tipo de<br />
enmendaduras.<br />
• En Caso que el Trabajador Independiente, Pensionado y Desempleado no tenga Beneficiarios debe adjuntar los siguientes documentos al<br />
formulario de afiliación:<br />
• Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía.<br />
• Desprendible de la mesada en caso de ser pensionado.<br />
• En Caso que el Trabajador Independiente, Pensionado y Desempleado que tenga Beneficiarios debe adjuntar los siguientes documentos<br />
según las personas a cargo que va a afiliar:<br />
1. Registro civil de los hijos, sea cual fuere su calidad (legítimos, extramatrimoniales, hijastros, adoptivos) en el que incluya el nombre<br />
de los padres; hasta la edad de 18 años.<br />
2. Registro civil de los hermanos huérfanos de padre y madre, con edades entre los 0 y 18 años.<br />
3. Certificado de defunción de los padres si el servicio se pide <strong>para</strong> hermanos huérfanos a cargo del Trabajador Independiente.<br />
4. Certificado escolar <strong>para</strong> los hijos y los hermanos huérfanos con edades entre los 12 a 18 años.<br />
5. Certificado de invalidez <strong>para</strong> hijos y hermanos huérfanos que presenten certificado de invalidez en el cual incluya la valoración<br />
expedida por E.P.S. o médico legista.<br />
6. Fotocopia de los documentos de identidad (cédula o tarjeta) tanto del trabajador facultativo como de las personas a cargo del mismo.<br />
• Si el trabajador facultativo va a afiliar a los padres que se encuentren a cargo mayores de 60 o inválidos sin limite de edad debe adjuntar:<br />
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