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cartilla para empleadores y trabajadores - comfamiliar nariño

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En el caso de contratistas, uniones temporales o consorcios y que su afiliación obedece a un contrato de construcción, se puede desafiliar<br />

parcialmente al terminar un contrato, <strong>para</strong> lo cual debe allegar a la Caja el acta final del contrato.<br />

e. Cambio de Zona: Carta de solicitud firmada por el Representante Legal solicitando cambio de Zona, Pasto, Ipiales, Tumaco. Cuando se trate<br />

de afiliaciones de <strong>trabajadores</strong> en estas zonas del departamento de Nariño.<br />

f. Modificación de Fecha <strong>para</strong> Pago de Subsidio: Se hace solamente por petición de la Oficina de Subsidio, <strong>para</strong> el caso de pago de<br />

retroactivo <strong>para</strong> cuota monetaria, cuando la empresa cancela aportes por periodos anteriores a la fecha de afiliación a la Caja.<br />

g. Cambio de Dirección o Teléfono: Solicitud escrita por la empresa.<br />

h. Cambio de Representante Legal:<br />

• Si es Persona Natural: Cancelación de Matricula Mercantil y/o Traspaso del siguiente Representante Legal. (Por venta o cesión de<br />

derechos).<br />

• Si es Persona Jurídica: Registro de Cámara y Comercio con cambio del Representante Legal <strong>para</strong> empresas privadas; <strong>para</strong> publicas, acta<br />

de posesión; <strong>para</strong> Cooperativas, Asociaciones, Colegios entre otras presentar actas de nombramiento.<br />

8.1.- BENEFICIOS PARA EMPLEADORES<br />

8.- BENEFICIOS DE AFILIACIÓN<br />

Los <strong>empleadores</strong> que cumplen con la obligación de pagar los aportes <strong>para</strong>fiscales como ordena la ley 21 de 1982 obtienen los siguientes<br />

beneficios:<br />

• La Dirección de Impuestos Nacionales deduce de la declaración de renta y complementarios el valor equivalente a los salarios sobre los<br />

cuales se realizó los aportes.<br />

• Las Cajas, el SENA e ICBF le expiden paz y salvos y/o certificaciones por pago.<br />

• Posibilidad de realizar contratos o convenios con el sector oficial a nivel nacional, departamental y distrital.<br />

8.2.- BENEFICIOS PARA LOS TRABAJADORES DE LAS EMPRESAS AFILIADOS<br />

Para definir los beneficios de los <strong>trabajadores</strong> que dependen de una empresa afiliada, debemos primero clasificar a estos <strong>trabajadores</strong> de la<br />

siguiente manera:<br />

8.2.1- TRABAJADORES AFILIADOS AL RÉGIMEN DEL SUBSIDIO FAMILIAR:<br />

Son todos los <strong>trabajadores</strong> de carácter permanente que prestan sus servicios personales a un empleador público o privado, afiliado a una Caja<br />

de Compensación.<br />

Se entiende que un trabajador se encuentra afiliado a una Caja de Compensación, cuando el respectivo empleador al cual se encuentra<br />

vinculado haya sido aceptado y permanezca vigente su vinculación con la Caja y no haber sido objeto de retiro voluntario debidamente<br />

aceptado, o expulsado de conformidad con lo previsto en el Artículo 45 de la Ley de 1982.<br />

La afiliación de los pensionados y los <strong>trabajadores</strong> independientes permanece vigente desde su aceptación hasta su retiro voluntario, o pérdida<br />

de su calidad por el no pago de los aportes por el lapso de 3 meses consecutivos.<br />

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