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Descargar - Instituto Geológico y Minero de España

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Factores económicos, administrativos y medioambientales 113<br />

Una vez admitida <strong>de</strong>finitivamente la solicitud, la autoridad minera la publicará para que<br />

todos los interesados puedan personarse en el expediente, para que, si lo estiman pertinente,<br />

hagan alegaciones.<br />

El otorgamiento <strong>de</strong> permisos <strong>de</strong> investigación se resolverá por concurso público. Entre<br />

las ofertas recibidas se elegirá la que ofrezca las mejores condiciones científicas y técnicas<br />

y las mayores ventajas económicas y sociales.<br />

Los expedientes <strong>de</strong> estos permisos para recursos geotérmicos (sección D) <strong>de</strong>berán ser<br />

resueltos en el plazo máximo <strong>de</strong> ocho meses y se conce<strong>de</strong>rán por el plazo solicitado,<br />

que no podrá ser superior a tres años (prorrogables por otros tres años en <strong>de</strong>terminadas<br />

condiciones).<br />

• Concesiones <strong>de</strong> explotación<br />

El <strong>de</strong>recho al aprovechamiento <strong>de</strong> recursos geotérmicos lo otorgará la autoridad minera<br />

<strong>de</strong> la comunidad autónoma por medio <strong>de</strong> una concesión <strong>de</strong> explotación, que se otorgará<br />

siempre para una extensión <strong>de</strong>terminada y concreta, medida en cuadrículas mineras completas<br />

y por un período <strong>de</strong> 30 años, prorrogable por plazos iguales hasta un máximo <strong>de</strong><br />

90 años.<br />

Podrá solicitarse directamente la concesión <strong>de</strong> explotación sin necesidad <strong>de</strong> obtener previamente<br />

un permiso <strong>de</strong> investigación, en los casos siguientes:<br />

- Cuando esté <strong>de</strong> manifiesto un recurso <strong>de</strong> la Sección C) o D), <strong>de</strong> tal forma que se consi<strong>de</strong>re<br />

suficientemente conocido y se estime viable su aprovechamiento racional.<br />

- Cuando sobre los recursos suficientemente reconocidos en <strong>de</strong>rechos mineros caducados,<br />

existan datos y pruebas que permitan <strong>de</strong>finir su explotación como consecuencia <strong>de</strong><br />

mejoras tecnológicas o <strong>de</strong> nuevas perspectivas <strong>de</strong> mercado.

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