por tad a - Reporte Indigo
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política<br />
Para quien lo dudara, ahí estaba la transcripción oficial de las<br />
conversaciones que la “caja negra” de audio registró.<br />
Transcripciones que, <strong>por</strong> cierto, habían sido elaboradas <strong>por</strong> la<br />
National Trans<strong>por</strong>tation Safety Board de los Es<strong>tad</strong>os Unidos de<br />
América y que “el señor Joseph Michael Seder, representante del<br />
organismo, había entregado a la SCT el 12 de noviembre, en presencia<br />
del titular de la Notaría 223 de esta ciudad”.<br />
Y a pesar de que el documento inicia con una advertencia en la<br />
que se establece que “No se deben sacar conclusiones o interpretaciones<br />
usando esta transcripción como única fuente de información”,<br />
este escrito se convirtió en la principal “prueba de cargo”<br />
del “Re<strong>por</strong>te Téllez”.<br />
Aunque ambos pilotos contaban con su licencia vigente, “la<br />
caja negra de audio muestra la falta de familiaridad del capitán<br />
Oliva con los instrumentos en cabina, al fallar repetidamente en<br />
la introducción de datos en los sistemas electrónicos”, aseguró el<br />
secretario de Comunicaciones en su conferencia de prensa.<br />
Para hacer evidente que la clave estuvo en la ineptitud de los<br />
pilotos, el secretario Téllez expuso que las transcripciones de “la<br />
caja negra del audio demuestran que era notoria la desorientación<br />
respecto a la ubicación geográfica, al dudar si sobrevolaban Querétaro<br />
o Morelia y la refinería de Tula o la de Salamanca”.<br />
Pero había más. Según la verdad oficial, no respetaron “la distancia<br />
mínima entre aeronaves de diverso tipo con el fin de evitar<br />
los efectos negativos de las turbulencias de estela en aviones que<br />
vuelan detrás del que las produce”.<br />
“Entre un avión de categoría pesada, como el Boeing 767-300,<br />
de 175 toneladas de peso, y uno de categoría media, como el Learjet<br />
45, de 9.4 toneladas, debe haber una distancia<br />
mínima de 5 millas náuticas. En el caso del<br />
incidente que nos ocupa, la última distancia<br />
registrada en el radar fue de 4.15 millas náuticas,<br />
como acabo de exponer”, se dijo.<br />
El sumarísimo juicio. Los pilotos fueron sentenciados<br />
en ausencia.<br />
Por razones obvias, los presuntos responsables<br />
en este juicio “sui generis” no pudieron<br />
defenderse.<br />
Prácticamente fueron condenados de un plu-