06.10.2014 Views

Untitled - tortosa.es

Untitled - tortosa.es

Untitled - tortosa.es

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

Título I. Disposicion<strong>es</strong> General<strong>es</strong><br />

Capítulo Segundo. D<strong>es</strong>arrollo del Plan<br />

artículo 13. Plan<strong>es</strong> parcial<strong>es</strong> urbanísticos<br />

1. Los plan<strong>es</strong> parcial<strong>es</strong> urbanísticos tienen que contener las determinacion<strong>es</strong> y la documentación prevista<br />

en los artículos 65 y 66 del DL 1/2005 y en normas concordant<strong>es</strong>. Además, deberán incluir un cuadro<br />

r<strong>es</strong>umen de las determinacion<strong>es</strong> urbanísticas del sector.<br />

2. Las determinacion<strong>es</strong> del planeamiento parcial deberán tener el grado de precisión suficiente para<br />

permitir su inmediata ejecución, incluyendo<br />

- la indicación de las alineacion<strong>es</strong> y rasant<strong>es</strong> de la vialidad<br />

- la calificación del suelo<br />

- la regulación de los parámetros de la edificación que tienen que permitir el otorgamiento de<br />

licencias y que sirvan para definir los parámetros básicos de la ordenación de volúmen<strong>es</strong>. Se<br />

podrá prever una ordenación con carácter obligatorio o varias alternativas - <strong>es</strong>pecificando<br />

gráficamente dichas alternativas o concretando los parámetros que admitan variación, sin alterar<br />

el aprovechamiento;<br />

- la regulación de los usos;<br />

- la determinación detallada del incremento de demanda de abastecimiento de agua que generará<br />

su d<strong>es</strong>arrollo y aportarán certificado emitido por el organismo competente, conforme éste dispone<br />

de capacidad suficiente para poder abastecer <strong>es</strong>ta demanda;<br />

- la <strong>es</strong>timación de la producción prevista de aguas r<strong>es</strong>idual<strong>es</strong>, tanto en cantidad como en calidad;<br />

- el <strong>es</strong>tablecimiento de las condicion<strong>es</strong> de g<strong>es</strong>tión y los plazos para promover los instrumentos<br />

para ejecutar las obras de urbanización y edificación, sin perjuicio que éstos puedan ser<br />

modificados por el Programa de actuación Urbanística Municipal;<br />

- la concreción opcional de las características y el trazado de las obras de urbanización básicas.<br />

Las obras de urbanización básicas comprenden las relativas al saneamiento -incluyendo los<br />

colector<strong>es</strong> de aguas pluvial<strong>es</strong>, los colector<strong>es</strong> de aguas r<strong>es</strong>idual<strong>es</strong> y las actuacion<strong>es</strong> adecuadas<br />

relacionadas con la depuración de aguas r<strong>es</strong>idual<strong>es</strong>-, la compactación y la nivelación de terrenos<br />

d<strong>es</strong>tinados a vías, incluidos el paso de peaton<strong>es</strong> y las red<strong>es</strong> de suministro y distribución de agua,<br />

de energía eléctrica y de conexión a las red<strong>es</strong> de telecomunicacion<strong>es</strong>. Alternativamente, se<br />

pueden concretar en un documento separado mediante un proyecto de urbanización,<br />

- la localización de los terrenos donde materializar, si procede, la r<strong>es</strong>erva para la construcción de<br />

viviendas de protección pública y el <strong>es</strong>tablecimiento de los plazos obligatorios en los que hay que<br />

iniciar y acabar la edificación de dichas viviendas.<br />

3. Sin embargo, los plan<strong>es</strong> parcial<strong>es</strong> urbanísticos deberán prever, dado el caso, la delimitación de<br />

polígonos y definir el sistema de actuación aplicable a cada uno y <strong>es</strong>tablecer todas las condicion<strong>es</strong> de<br />

g<strong>es</strong>tión y los plazos a promover los instrumentos corr<strong>es</strong>pondient<strong>es</strong> para ejecutar las obras de<br />

urbanización y edificación, sin perjuicio de que éstos puedan ser modificados por el PAUM.<br />

4. Los plan<strong>es</strong> de etapas de los plan<strong>es</strong> parcial<strong>es</strong> no podrán prever un plazo superior a seis años para la<br />

ejecución de la urbanización del sector. Si se delimita más de un polígono, será nec<strong>es</strong>ario que el Plan<br />

defina el orden de prioridad entre ellos para la su ejecución. En todo habrá que justificar la adecuación del<br />

plan parcial al Programa de actuación Urbanística Municipal, si el mismo ha sido aprobado y tramitado por<br />

el Ayuntamiento.<br />

5. Este Plan de Ordenación Urbanística Municipal determina, de acuerdo con la legislación urbanística<br />

vigente, el aprovechamiento medio de cada uno de los sector<strong>es</strong> de planeamiento parcial.<br />

PLAN DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA MUNICIPAL DE TORTOSA. marzo 2007. texto refundido 9

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!