Untitled - tortosa.es
Untitled - tortosa.es
Untitled - tortosa.es
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
Título I. Disposicion<strong>es</strong> General<strong>es</strong><br />
Capítulo Segundo. D<strong>es</strong>arrollo del Plan<br />
artículo 13. Plan<strong>es</strong> parcial<strong>es</strong> urbanísticos<br />
1. Los plan<strong>es</strong> parcial<strong>es</strong> urbanísticos tienen que contener las determinacion<strong>es</strong> y la documentación prevista<br />
en los artículos 65 y 66 del DL 1/2005 y en normas concordant<strong>es</strong>. Además, deberán incluir un cuadro<br />
r<strong>es</strong>umen de las determinacion<strong>es</strong> urbanísticas del sector.<br />
2. Las determinacion<strong>es</strong> del planeamiento parcial deberán tener el grado de precisión suficiente para<br />
permitir su inmediata ejecución, incluyendo<br />
- la indicación de las alineacion<strong>es</strong> y rasant<strong>es</strong> de la vialidad<br />
- la calificación del suelo<br />
- la regulación de los parámetros de la edificación que tienen que permitir el otorgamiento de<br />
licencias y que sirvan para definir los parámetros básicos de la ordenación de volúmen<strong>es</strong>. Se<br />
podrá prever una ordenación con carácter obligatorio o varias alternativas - <strong>es</strong>pecificando<br />
gráficamente dichas alternativas o concretando los parámetros que admitan variación, sin alterar<br />
el aprovechamiento;<br />
- la regulación de los usos;<br />
- la determinación detallada del incremento de demanda de abastecimiento de agua que generará<br />
su d<strong>es</strong>arrollo y aportarán certificado emitido por el organismo competente, conforme éste dispone<br />
de capacidad suficiente para poder abastecer <strong>es</strong>ta demanda;<br />
- la <strong>es</strong>timación de la producción prevista de aguas r<strong>es</strong>idual<strong>es</strong>, tanto en cantidad como en calidad;<br />
- el <strong>es</strong>tablecimiento de las condicion<strong>es</strong> de g<strong>es</strong>tión y los plazos para promover los instrumentos<br />
para ejecutar las obras de urbanización y edificación, sin perjuicio que éstos puedan ser<br />
modificados por el Programa de actuación Urbanística Municipal;<br />
- la concreción opcional de las características y el trazado de las obras de urbanización básicas.<br />
Las obras de urbanización básicas comprenden las relativas al saneamiento -incluyendo los<br />
colector<strong>es</strong> de aguas pluvial<strong>es</strong>, los colector<strong>es</strong> de aguas r<strong>es</strong>idual<strong>es</strong> y las actuacion<strong>es</strong> adecuadas<br />
relacionadas con la depuración de aguas r<strong>es</strong>idual<strong>es</strong>-, la compactación y la nivelación de terrenos<br />
d<strong>es</strong>tinados a vías, incluidos el paso de peaton<strong>es</strong> y las red<strong>es</strong> de suministro y distribución de agua,<br />
de energía eléctrica y de conexión a las red<strong>es</strong> de telecomunicacion<strong>es</strong>. Alternativamente, se<br />
pueden concretar en un documento separado mediante un proyecto de urbanización,<br />
- la localización de los terrenos donde materializar, si procede, la r<strong>es</strong>erva para la construcción de<br />
viviendas de protección pública y el <strong>es</strong>tablecimiento de los plazos obligatorios en los que hay que<br />
iniciar y acabar la edificación de dichas viviendas.<br />
3. Sin embargo, los plan<strong>es</strong> parcial<strong>es</strong> urbanísticos deberán prever, dado el caso, la delimitación de<br />
polígonos y definir el sistema de actuación aplicable a cada uno y <strong>es</strong>tablecer todas las condicion<strong>es</strong> de<br />
g<strong>es</strong>tión y los plazos a promover los instrumentos corr<strong>es</strong>pondient<strong>es</strong> para ejecutar las obras de<br />
urbanización y edificación, sin perjuicio de que éstos puedan ser modificados por el PAUM.<br />
4. Los plan<strong>es</strong> de etapas de los plan<strong>es</strong> parcial<strong>es</strong> no podrán prever un plazo superior a seis años para la<br />
ejecución de la urbanización del sector. Si se delimita más de un polígono, será nec<strong>es</strong>ario que el Plan<br />
defina el orden de prioridad entre ellos para la su ejecución. En todo habrá que justificar la adecuación del<br />
plan parcial al Programa de actuación Urbanística Municipal, si el mismo ha sido aprobado y tramitado por<br />
el Ayuntamiento.<br />
5. Este Plan de Ordenación Urbanística Municipal determina, de acuerdo con la legislación urbanística<br />
vigente, el aprovechamiento medio de cada uno de los sector<strong>es</strong> de planeamiento parcial.<br />
PLAN DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA MUNICIPAL DE TORTOSA. marzo 2007. texto refundido 9