Untitled - tortosa.es
Untitled - tortosa.es
Untitled - tortosa.es
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
Título I. Disposicion<strong>es</strong> General<strong>es</strong><br />
Capitulo Cuarto. Intervención en la edificación y uso del suelo<br />
artículo 47. Plazos y prórrogas de las licencias<br />
1. Todas las licencias tienen que prever un plazo para empezar las obras proyectadas y otro para<br />
acabarlas.<br />
2. Los plazos para la ejecución de las obras calificadas como mayor<strong>es</strong> serán los siguient<strong>es</strong>:<br />
- un año para empezar las obras, y<br />
- tr<strong>es</strong> años para acabarlas.<br />
3. Los plazos para la ejecución de las obras calificadas como menor<strong>es</strong> serán los siguient<strong>es</strong>:<br />
- un m<strong>es</strong> para empezar las obras, y<br />
- seis m<strong>es</strong><strong>es</strong> para acabarlas.<br />
4. En ambos casos los plazos tienen que contar d<strong>es</strong> de la fecha de notificación de la licencia al promotor<br />
de la misma. En el caso previsto por el artículo 41 del RMOU, ambos plazos tienen que contarse d<strong>es</strong>de<br />
de la fecha de pago de las tasas preceptivas.<br />
5. Las prórrogas de ambos plazos (de inicio y finalización de las obras), con solicitud previa del titular de<br />
la licencia ant<strong>es</strong> de dos o cinco m<strong>es</strong><strong>es</strong> para las obras mayor<strong>es</strong> y de quince días para las obras menor<strong>es</strong><br />
de la terminación de los plazos previstos para el inicio y finalización de las obras, r<strong>es</strong>pectivamente, se<br />
entiende que son concedidas "ope legis" por la mitad del plazo de que se trate, y será válida la ordenación<br />
vigente en el momento que la licencia fue otorgada, aunque se hubiera acordado la suspensión del<br />
otorgamiento de licencias en casos de prórroga del plazo de finalización de las obras. La prórroga de las<br />
licencias no puede pedirse con validez si no ha transcurrido al menos la mitad del plazo a que se refiere la<br />
solicitud. La solicitud y la consiguiente obtención de la prórroga del plazo para empezar las obras no<br />
comportan, por si mismas, la prórroga del plazo para acabarlas. La prórroga para acabar las obras, en el<br />
supu<strong>es</strong>to de las licencias de obra mayor de construcción de edificacion<strong>es</strong> o ampliación de edificacion<strong>es</strong><br />
existent<strong>es</strong>, tan sólo puede solicitarse y obtenerse si se ha hecho la cobertura de aguas del edificio.<br />
SECCIÓN SEGUNDA. RÉGIMEN JURÍDICO PARA LA CONCESIÓN DE LICENCIAS DE OBRAS Y<br />
ACTIVIDADES EN EDIFICIOS EN SITUACIÓN DE FUERA DE ORDENACIÓN, VOLUMEN<br />
DISCONFORME O INCLUIDOS EN UN ÁREA DE PLANEAMIENTO O DE EJECUCIÓN<br />
artículo 48. Edificios e instalacion<strong>es</strong> en situación de fuera de Ordenación<br />
1. Quedan en situación de fuera de Ordenación, con las limitacion<strong>es</strong> indicadas en el artículo siguiente, las<br />
construccion<strong>es</strong>, instalacion<strong>es</strong> y usos que por la aprobación del planeamiento queden sujetas a<br />
expropiación, c<strong>es</strong>ión obligatoria y gratuita, c<strong>es</strong>amiento o derribo. También quedan en <strong>es</strong>ta situación las<br />
construccion<strong>es</strong>, instalacion<strong>es</strong> y usos disconform<strong>es</strong> con el planeamiento r<strong>es</strong>pecto a los cual<strong>es</strong> no sea<br />
posible la aplicación de las medidas de r<strong>es</strong>tauración reguladas por el capítulo II del Título séptimo del DL<br />
1/2005.<br />
2. Las cercas existent<strong>es</strong> con anterioridad a la aprobación de <strong>es</strong>te Plan de Ordenación Urbanística<br />
Municipal que no se ajusten a la alineación definida por <strong>es</strong>te Plan, podrán mantenerse mientras no se<br />
ejecuten obras de nueva planta, adicion<strong>es</strong> o ampliacion<strong>es</strong> de la edificación principal, u obras de reforma<br />
de la edificación existente en más de un 50%, u obras de mejora o de reforma de la propia cerca tanto si<br />
se realizan en una o en varias fas<strong>es</strong>.<br />
PLAN DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA MUNICIPAL DE TORTOSA. marzo 2007. texto refundido 3 1