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4-La Economía Política del Populismo Boliviano del Siglo 21 - iisec

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<strong>La</strong> Nueva Constitución Política <strong>del</strong> Estado<br />

Cumpliendo con su promesa electoral y la llamada agenda de octubre, el<br />

gobierno llamó a elecciones para la Asamblea Constituyente a mediados de 2006. Ésta<br />

comenzó sus trabajos en agosto <strong>del</strong> mismo año. En Diciembre de 2007, después de<br />

muchos avatares y con gran opacidad, el MAS hizo aprobar su proyecto de Constitución,<br />

que debía ser sometido todavía a un referendo, el que se llevó a cabo en enero de 2009.<br />

Una amplia mayoría aprobó la Constitución en el referendo.<br />

<strong>La</strong> Nueva Constitución Política <strong>del</strong> Estado (NCPE) da las bases para la<br />

“refundación” de Bolivia e incorpora los cambios radicales propuestos por el MAS para<br />

la economía y sociedad bolivianas. <strong>La</strong> NCPE contiene por un lado un conjunto muy<br />

amplio de “derechos” económicos y sociales, más bien aspiraciones, y limita<br />

fuertemente los derechos de propiedad privada y los alcances de una economía de<br />

mercado, por otro.<br />

Más precisamente, el proyecto de constitución <strong>del</strong> MAS plantea en el campo<br />

económico: 24<br />

1) Principios ético-morales así como los usos y costumbres ancestrales de los<br />

indígenas como principios ordenadores básicos de las relaciones económicas.<br />

2) El establecimiento de una economía “plural” con cuatro tipos de propiedad:<br />

comunitaria, estatal, privada y social cooperativa, con sus respectivos derechos<br />

y garantías.<br />

3) Se reconoce el derecho a la propiedad privada pero se le impone la<br />

servidumbre de que “siempre que cumpla una función social,” la que no está<br />

precisada. 25 Queda en duda el tratamiento de la propiedad de activos<br />

financieros.<br />

24 Véase Morales (2009) para une presentación más detallada de las instituciones económicas de la NCPE.<br />

25 <strong>La</strong> Constitución anterior de 1967 establecía que “se garantiza la propiedad privada siempre que el uso<br />

que se haga de ella no sea perjudicial al interés colectivo”. Este principio lo recoge también la NCPE, pero

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