4-La EconomÃa PolÃtica del Populismo Boliviano del Siglo 21 - iisec
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<strong>La</strong> Nueva Constitución Política <strong>del</strong> Estado<br />
Cumpliendo con su promesa electoral y la llamada agenda de octubre, el<br />
gobierno llamó a elecciones para la Asamblea Constituyente a mediados de 2006. Ésta<br />
comenzó sus trabajos en agosto <strong>del</strong> mismo año. En Diciembre de 2007, después de<br />
muchos avatares y con gran opacidad, el MAS hizo aprobar su proyecto de Constitución,<br />
que debía ser sometido todavía a un referendo, el que se llevó a cabo en enero de 2009.<br />
Una amplia mayoría aprobó la Constitución en el referendo.<br />
<strong>La</strong> Nueva Constitución Política <strong>del</strong> Estado (NCPE) da las bases para la<br />
“refundación” de Bolivia e incorpora los cambios radicales propuestos por el MAS para<br />
la economía y sociedad bolivianas. <strong>La</strong> NCPE contiene por un lado un conjunto muy<br />
amplio de “derechos” económicos y sociales, más bien aspiraciones, y limita<br />
fuertemente los derechos de propiedad privada y los alcances de una economía de<br />
mercado, por otro.<br />
Más precisamente, el proyecto de constitución <strong>del</strong> MAS plantea en el campo<br />
económico: 24<br />
1) Principios ético-morales así como los usos y costumbres ancestrales de los<br />
indígenas como principios ordenadores básicos de las relaciones económicas.<br />
2) El establecimiento de una economía “plural” con cuatro tipos de propiedad:<br />
comunitaria, estatal, privada y social cooperativa, con sus respectivos derechos<br />
y garantías.<br />
3) Se reconoce el derecho a la propiedad privada pero se le impone la<br />
servidumbre de que “siempre que cumpla una función social,” la que no está<br />
precisada. 25 Queda en duda el tratamiento de la propiedad de activos<br />
financieros.<br />
24 Véase Morales (2009) para une presentación más detallada de las instituciones económicas de la NCPE.<br />
25 <strong>La</strong> Constitución anterior de 1967 establecía que “se garantiza la propiedad privada siempre que el uso<br />
que se haga de ella no sea perjudicial al interés colectivo”. Este principio lo recoge también la NCPE, pero