Estados financieros NIIF 2011 ISAGEN S.A. E.S.P.
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<strong>Estados</strong> Financieros <strong>NIIF</strong> <strong>2011</strong> │ <strong>ISAGEN</strong> S.A. E.S.P.<br />
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“Acuerdo conjunto” se define como aquel en el que dos o<br />
más partes acuerdan contractualmente compartir el control.<br />
Existe control conjunto únicamente cuando las decisiones<br />
sobre actividades que inciden significativamente en las rentabilidades<br />
de un acuerdo exigen el consentimiento unánime<br />
de las partes que comparten el control.<br />
El énfasis ya no radica en la estructura legal de los acuerdos<br />
conjuntos, sino en cómo las partes comparten los derechos y<br />
obligaciones.<br />
La norma también incluye reglas para las partes que participan<br />
en acuerdos conjuntos pero no poseen control conjunto.<br />
Las sociedades que actualmente son parte en acuerdos conjuntos<br />
o que tienen previsto formalizar nuevos acuerdos conjuntos<br />
se verán afectadas por la nueva norma. Cuando adopten<br />
la nueva norma o formalicen nuevos acuerdos, tendrán<br />
que analizar sus acuerdos y determinar si han invertido en<br />
una operación conjunta o en un negocio conjunto ya que la<br />
contabilización dependerá del tipo de acuerdo conjunto en el<br />
que participen: operaciones conjuntas o negocios conjuntos.<br />
La nueva norma entrará en vigor para los ejercicios contables<br />
que comiencen a partir del 1 de enero de 2013. Se permite la<br />
aplicación anticipada siempre que se adopte todo el paquete<br />
de normas de forma simultánea.<br />
De acuerdo con el análisis preliminar la aplicación de esta<br />
norma no tendrá impacto importante sobre los estados <strong>financieros</strong><br />
de la Compañía.<br />
<strong>NIIF</strong> 12 - Desglose de participaciones en otras sociedades<br />
La <strong>NIIF</strong> 12 establece los desgloses obligatorios para sociedades<br />
que informen conforme a las nuevas normas -la <strong>NIIF</strong><br />
10, <strong>Estados</strong> Financieros Consolidados, y la <strong>NIIF</strong> 11, Acuerdos<br />
Conjuntos-, y reemplaza los requisitos de desglose que actualmente<br />
recoge la NIC 28, Inversiones en asociadas. La<br />
NIC 27 ha sido renombrada como <strong>Estados</strong> Financieros<br />
Separados, y ahora es una norma que se ocupa únicamente<br />
de los estados <strong>financieros</strong> individuales. Las actuales normas<br />
y requisitos de desglose de los estados <strong>financieros</strong> individuales<br />
se mantienen sin cambios.<br />
La nueva norma requiere que las sociedades divulguen información<br />
que permita a los lectores de estados <strong>financieros</strong><br />
evaluar la naturaleza, riesgos e impactos <strong>financieros</strong> de las<br />
participaciones de la entidad en filiales, asociadas, acuerdos<br />
conjuntos y en sociedades estructuradas no consolidadas.<br />
La norma entrará en vigor para períodos anuales que comiencen<br />
a partir del 1 de enero de 2013, permitiéndose la aplicación<br />
anticipada. Sin impacto preliminar para la Empresa<br />
De acuerdo con el análisis preliminar la aplicación de esta<br />
norma no tendrá impacto importante sobre los estados <strong>financieros</strong><br />
de la Compañía.<br />
<strong>NIIF</strong> 13 - Medición del Valor Razonable<br />
Esta <strong>NIIF</strong> se aplicará cuando otra <strong>NIIF</strong> requiera o permita mediciones<br />
a valor razonable o información a revelar sobre mediciones<br />
a valor razonable (y mediciones, tales como valor<br />
razonable menos costos de venta, basados en el valor razonable<br />
o información a revelar sobre esas mediciones).<br />
El objetivo de una medición del valor razonable es estimar el<br />
precio, al que una transacción ordenada de venta del activo o<br />
de transferencia del pasivo, tendría lugar entre participantes<br />
de mercado, en la fecha de la medición en las condiciones de<br />
mercado presentes.<br />
La norma entrará en vigor para períodos anuales que comiencen<br />
a partir del 1 de enero de 2013, permitiéndose la<br />
aplicación anticipada.<br />
No se prevén impactos significativos por la entrada en aplicación<br />
de esta norma, básicamente, por cuanto los criterios de<br />
valor razonable ya están siendo utilizados.