Estados financieros NIIF 2011 ISAGEN S.A. E.S.P.
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<strong>Estados</strong> <strong>financieros</strong> <strong>NIIF</strong> <strong>2011</strong> │ <strong>ISAGEN</strong> S.A. E.S.P.<br />
30<br />
vencimientos de tres meses o menos contados<br />
a partir de la adquisición del instrumento<br />
financiero.<br />
2.14 Activos no corrientes<br />
mantenidos para la venta<br />
Activos no corrientes (o grupos de activos<br />
a ser dados de baja) se clasifican<br />
como ser mantenidos para la venta cuando<br />
su valor en libros se recuperará principalmente<br />
a través de una transacción de<br />
venta que se considera altamente probable.<br />
Estos activos se muestran al menor<br />
valor que resulta de comparar su saldo<br />
en libros y su valor razonable menos los<br />
costos requeridos para realizar su venta,<br />
si se recuperarán principalmente a través<br />
de una transacción de venta en lugar de<br />
su uso continuo.<br />
2.15 Capital social<br />
Las acciones comunes se clasifican en el<br />
patrimonio.<br />
Los costos incrementales directamente<br />
atribuibles a la emisión de nuevas acciones<br />
u opciones se muestran en el patrimonio<br />
como una deducción del monto<br />
recibido, neto de impuestos.<br />
La Compañía cotiza sus acciones principalmente<br />
en la Bolsa de Valores de<br />
Colombia; El día 30 de diciembre de<br />
<strong>2011</strong> la SEC (Securities and exchange<br />
commission) de los <strong>Estados</strong> Unidos autorizó la negociación de ADR´s nivel 1 mediante<br />
OTC (Over The Counter), donde cada ADR (American Depositary Receive) le da derecho<br />
al inversionista sobre 10 acciones ordinarias. Este paso se da con el objeto de fortalecer<br />
la política de internacionalización que ha venido adelantando la Compañía.<br />
2.16 Reservas<br />
Se registran como reservas las apropiaciones autorizadas por la Asamblea General de<br />
Accionistas, con cargo a los resultados del año para el cumplimiento de disposiciones legales<br />
o para cubrir los planes de expansión o necesidades de financiamiento.<br />
Las disposiciones legales que contemplan la constitución de reservas aplicables a la<br />
Empresa son las siguientes:<br />
Artículo 130 del Estatuto Tributario que contempla la apropiación de las utilidades netas<br />
equivalente al 70% del mayor valor de la depreciación fiscal sobre la contable.<br />
Esta reserva se puede liberar en la medida en que las depreciaciones posteriormente<br />
contabilizadas, excedan las solicitadas anualmente para efectos tributarios, o se<br />
vendan los activos que generaron el mayor valor deducido.<br />
El Código de Comercio obliga a la Empresa a apropiar el 10% de sus utilidades netas<br />
anuales como reserva legal hasta que el saldo de esta reserva sea equivalente al<br />
50% del capital suscrito. La reserva legal obligatoria no es distribuible antes de la liquidación<br />
de la Empresa, pero puede utilizarse para absorber o reducir pérdidas netas<br />
anuales. Son de libre disponibilidad para los accionistas los saldos de la reserva<br />
en exceso del 50% del capital suscrito.<br />
Las acciones propias readquiridas, surgidas del proceso de consolidación del fondo de liquidez<br />
de la acción, son registradas a su valor de adquisición como menor valor de las<br />
reservas.<br />
2.17 Operaciones de financiamiento<br />
Los préstamos se reconocen inicialmente a su valor razonable, neto de los costos incurridos<br />
en la transacción. Estos préstamos se registran posteriormente a su costo amortizado.<br />
Cualquier diferencia entre los fondos recibidos (neto de los costos de la transacción)<br />
y el valor de redención, se reconoce en el estado del resultado integral durante el período<br />
del préstamo, usando el método de interés efectivo.