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RECOMENDACIONES INTERNACIONALES A MÉXICO EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS. CONTRASTES CON LA SITUACIÓN EN EL PAÍS<br />

En este marco, la Oficina en México de la Alta Comisionada de las Naciones para los Derechos<br />

Humanos emitió su primer Diagnóstico sobre la situación de las y los defensores de derechos humanos, en donde<br />

documentó el contexto adverso en que desempeñan su labor “en el que se enfrentan con altos<br />

niveles de violencia e inseguridad” agudizado por la participación de las fuerzas armadas en tareas<br />

de seguridad pública. 26 Como parte de las recomendaciones, la ONU-DH instó a las autoridades a<br />

avanzar y concretar la instalación de un Mecanismo de Protección en conjunto con las organizaciones<br />

de la sociedad civil. En particular, se instó<br />

A las autoridades federales se les recomienda que en concertación<br />

con las organizaciones de la sociedad civil, definan e implementen<br />

un mecanismo nacional de protección para defensoras y defensores,<br />

el cual podría extenderse a integrantes de otros grupos de población<br />

en especial situación de vulnerabilidad y/o discriminación, en particular<br />

periodistas. Este mecanismo debería contar con un presupuesto<br />

adecuado, tener la capacidad de articular el trabajo de las autoridades<br />

(federales y estatales), y servir como un canal de comunicación<br />

directo entre las y los defensores y autoridades de alto nivel. Este<br />

mecanismo debería tener capacidad y facultades para realizar una<br />

evaluación periódica de los niveles de riesgo; actuar preventivamente;<br />

implementar medidas efectivas de prevención; y definir, adoptar,<br />

retirar, monitorear y evaluar medidas urgentes de protección que<br />

sean otorgadas tanto por los organismos públicos de derechos humanos<br />

como por los mecanismos internacionales de protección, así<br />

como las solicitadas directamente al mecanismo por las organizaciones<br />

de defensores y defensoras. El mecanismo debería conformarse<br />

por funcionarios del ámbito federal y estatal, funcionarios de los<br />

organismos públicos, defensoras, defensores, y contar con la observación<br />

y asesoría de miembros de organismos internacionales y expertos<br />

en la materia. Para su definición se recomienda que se analice<br />

la experiencia y buenas prácticas de otros mecanismos similares en<br />

la región. 27<br />

En febrero de 2010 la Secretaría de Gobernación accedió por primera vez a discutir el tema con<br />

la sociedad civil con el auspicio de la ONU-DH, para lo que se conformó una amplia reunión con<br />

organizaciones de distintos estados del país junto con diversas autoridades federales encaminada a<br />

analizar las posibilidades de crear un Mecanismo de Protección similar al que había sido instalado<br />

en Colombia. A la reunión también fueron invitados expertos colombianos quienes habían estado<br />

a cargo de su diseño e implementación, así como expertos internacionales en la materia.<br />

Tan sólo unos meses más tarde, el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, durante<br />

su análisis del informe del Estado mexicano sobre el cumplimiento del Pacto Internacional de<br />

Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), retomó la preocupación por la grave situación que enfrentaban<br />

defensores y defensoras de derechos humanos. En tal ocasión, el Comité urgió a México a<br />

26<br />

ONU-DH México, 2009: 3-4.<br />

27<br />

ONU-DH México, 2009: párr. 126.<br />

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