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guía para profesionales mujeres con discapacidad y violencia sexual

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mente trasmitida por sus familiares, tanto es así, que una adecuada intervención terapéutica en el caso de víctimas<br />

directas menores se orientará especialmente a la asistencia terapéutico-psicológica de sus familiares.<br />

2. En función de la relación del daño <strong>con</strong> el crimen, se ha establecido tres tipos de situaciones en las que puede en<strong>con</strong>trarse<br />

la víctima: victimización primaria y secundaria.<br />

– Victimización primaria es aquella que se deriva directamente del crimen, y supone no sólo un ataque o menoscabo<br />

del bien jurídico lesionado (daño físico, moral, patrimonial, etc...), sino que además lleva aparejada una situación<br />

de impotencia, ansiedad, abatimiento, estrés postraumático, inseguridad, e incluso complejos de culpabilidad<br />

por lo sucedido, situaciones que engloban lo que podemos denominar las <strong>con</strong>secuencias psicológicas del<br />

delito. Igualmente puede hablarse de <strong>con</strong>secuencias sociales del delito, donde se engloban <strong>con</strong>ductas y actitudes<br />

insolidarias del grupo social (familiar o no) de la víctima.<br />

– Victimización secundaria es la que se deriva de las actuaciones y procesos institucionales. Se <strong>con</strong>sidera que la<br />

Violencia institucional puede generar más secuelas psicológicas que el delito en sí, en especial en determinados<br />

delitos como los delitos <strong>con</strong>tra la libertad <strong>sexual</strong>, en los que la víctima siente que se le trata como acusado, más<br />

que como víctima. Supone un choque entre las legítimas expectativas de la víctima y la realidad institucional.<br />

VIOLENCIA: La OMS (Organización Mundial de la Salud) define la <strong>violencia</strong> como «el uso deliberado de la fuerza física o el<br />

poder, ya sea en grado de amenaza o efectivo, <strong>con</strong>tra uno mismo, otra persona o un grupo o comunidad, que cause<br />

o tenga muchas probabilidades de causar lesiones, muerte, daños psicológicos, trastornos del desarrollo o privaciones».<br />

La definición comprende tanto la <strong>violencia</strong> interpersonal como el comportamiento suicida y los <strong>con</strong>flictos armados.<br />

Cubre también una amplia gama de actos que van más allá del acto físico <strong>para</strong> incluir las amenazas e intimidaciones.<br />

Además de la muerte y las lesiones, la definición abarca igualmente innumerables <strong>con</strong>secuencias del comportamiento<br />

violento, a menudo menos notorias, como los daños psíquicos, privaciones y deficiencias del desarrollo que comprometen<br />

el bienestar de los individuos, las familias y las comunidades.<br />

VIOLENCIA DE GÉNERO: La Declaración de la Asamblea General de las Naciones Unidas de 1993 sobre la Eliminación de la<br />

Violencia <strong>con</strong>tra la Mujer se refiere a la <strong>violencia</strong> como: «todo acto de <strong>violencia</strong> basado en la pertenencia al sexo femenino<br />

que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, <strong>sexual</strong> o psicológico <strong>para</strong> las <strong>mujeres</strong>,<br />

inclusive las amenazas de tales actos, la coacción o privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida<br />

pública o privada». Este término adoptado por agencias de relevancia internacional, como la Unión Europea y la Organización<br />

Mundial de la Salud, identifica a las <strong>mujeres</strong> como principales afectadas de la <strong>violencia</strong> perpetrada por los<br />

hombres. Sin embargo, este <strong>con</strong>cepto ha sido utilizado <strong>para</strong> referirse a diversas realidades como el asesinato, el acoso<br />

moral y <strong>sexual</strong>, la <strong>violencia</strong> física y psicológica-emocional, las amenazas, la prostitución, la mutilación genital y la pornografía.<br />

La Organización Mundial de la Salud (OMS), en el año 2002, en su Primer Informe sobre Violencia y Salud se<br />

refirió a la Violencia del Compañero Intimo como «cualquier comportamiento dentro de una relación íntima presente<br />

o anterior que causa daño físico, psíquico o <strong>sexual</strong>». La Organización Panamericana de la Salud (OPS), integró casi un<br />

año después el <strong>con</strong>cepto de Violencia de Género, argumentando la necesidad de hacer visible que los actos incluidos<br />

en el <strong>con</strong>cepto de Violencia del Compañero Íntimo se producen en un <strong>con</strong>texto de desigualdad de género.<br />

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