EL EMPLEO - Herencias y legados - Fundación ONCE
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• Retribución: fijada en Convenio. En su defecto, no inferior al 60% o 75%del salario de convenio (1 o ó 2 o año de vigencia del contrato). En ningúncaso inferior al SMI.2. BENEFICIOS, VENTAJAS E INCENTIVOS POR LA CONTRATACIÓN DEPERSONAS CON DISCAPACIDAD:Reducción del 50% de la cuota empresarial prevista por contingencias comunessi se celebra a tiempo completo.CONTRATO DE INTERINIDAD C<strong>EL</strong>EBRADO CON PERSONAS CONDISCAPACIDAD:1. REQUISITOS GENERALES:• Contrato de interinidad celebrado con personas discapacitadas desempleadas,para sustituir a trabajadores discapacitados que tengan suspendido sucontrato de trabajo por incapacidad temporal.• Duración del contrato: mientras dure la situación de incapacidad temporaldel trabajador discapacitado sustituido.2. BENEFICIOS, VENTAJAS, E INCENTIVOS POR LA CONTRATACIÓN DEPERSONAS CON DISCAPACIDAD:• Bonificación del 100% de las cuotas empresariales de la seguridad Social,incluidas las de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y delas aportaciones empresariales de recaudación conjunta.CONTRATO-<strong>EMPLEO</strong> CON APOYO:1. REQUISITOS GERERALES:• Se entiende por empleo con apoyo el conjunto de acciones de orientacióny acompañamiento individualizado en el puesto de trabajo, prestadas porpreparadores laborales especializados, que tienen por objetivo facilitar laadaptación social y laboral de trabajadores con discapacidad con especialesdificultades de inserción laboral en empresas del mercado ordinario de trabajoen condiciones similares al resto de los trabajadores que desempeñanpuestos equivalentes.Página35