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código de ética profesional - Instituto Mexicano de Contadores ...

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CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONALHonorario contingente.-Un honorario calculado sobre una base pre<strong>de</strong>terminada que se relaciona conel resultado <strong>de</strong> una transacción o <strong>de</strong> los servicios que <strong>de</strong>sempeñó la firma. El honorario queestablece una corte u otra autoridad pública no es un honorario contingenteInterés financiero directo.- Un interés financiero:(a) Que es propiedad directa <strong>de</strong> una persona o entidad y bajo su control (incluyendo losque otros administran <strong>de</strong> manera discrecional); o(b) Que se posee como propiedad beneficiaria mediante un vehículo <strong>de</strong> inversióncolectivo, patrimonio, fi<strong>de</strong>icomiso, u otro intermediario sobre el cual la persona oentidad tiene el control, o la capacidad <strong>de</strong> influir en las <strong>de</strong>cisiones <strong>de</strong> inversión.Director o funcionario.-Los encargados <strong>de</strong>l gobierno corporativo <strong>de</strong> una entidad, o que actúan en unacapacidad equivalente, sin importar su título, que pue<strong>de</strong> variar <strong>de</strong> jurisdicción a jurisdicción.Socio <strong>de</strong>l trabajo.-El socio u otra persona <strong>de</strong> la firma que sea responsable <strong>de</strong>l trabajo y <strong>de</strong> su <strong>de</strong>sempeño,y <strong>de</strong>l informe que se emita a nombre <strong>de</strong> la firma, y quien tiene, cuando se requiere,la autoridad apropiada <strong>de</strong> un organismo <strong>profesional</strong>, legal o regulador.Revisión <strong>de</strong> control <strong>de</strong> calidad <strong>de</strong>l trabajo.-Un proceso planeado para proporcionar una evaluaciónobjetiva, en la emisión o antes <strong>de</strong> que se emita el informe, <strong>de</strong> los juicios importantes que elequipo <strong>de</strong>l trabajo hizo y las conclusiones a que llegó al formular el informe.Equipo <strong>de</strong>l trabajo.-Todos los socios y personal asistente que <strong>de</strong>sempeñan el trabajo, y cualesquierpersonas contratadas por la firma o una firma <strong>de</strong> la red que <strong>de</strong>sempeñen procedimientos<strong>de</strong> atestiguar sobre el trabajo. Esto excluye a expertos externos contratados por la firma ouna firma <strong>de</strong> la red.Contador actual.-Un contador público en la práctica in<strong>de</strong>pendiente que actualmente <strong>de</strong>tenta un nombramientopara una auditoría o que lleva a cabo servicios <strong>profesional</strong>es <strong>de</strong> contabilidad,impuestos, consultoría, o servicios similares para un cliente.Experto externo.- Persona (que no es un socio o un miembro <strong>de</strong>l personal <strong>profesional</strong>, incluyendopersonal asistente temporal, <strong>de</strong> la firma o <strong>de</strong> una firma <strong>de</strong> la red) u organización que poseehabilida<strong>de</strong>s, conocimiento y experiencia en un campo distinto <strong>de</strong> la contabilidad o auditoría,cuyo trabajo en ese campo se usa para ayudar al contador público para obtener suficienteevi<strong>de</strong>ncia apropiada <strong>de</strong> auditoría.Interés financiero.-Un interés en un capital <strong>de</strong> participación u otro valor, bono, préstamo u otro instrumento<strong>de</strong> <strong>de</strong>uda <strong>de</strong> una entidad, incluyendo <strong>de</strong>rechos y obligaciones para adquirir esteinterés y los <strong>de</strong>rivados relacionados directamente con dicho interés.125

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