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código de ética profesional - Instituto Mexicano de Contadores ...

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CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONALy no son, por tanto, firmas <strong>de</strong> una red. Dichas entida<strong>de</strong>s <strong>de</strong>berán <strong>de</strong>terminar cómo revelarque no son firmas <strong>de</strong> la red cuando se presenten ante partes externas.290.23 Cuando la estructura mayor se dirija a la cooperación y las entida<strong>de</strong>s <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> la estructuracomparten una parte importante <strong>de</strong> recursos <strong>profesional</strong>es, se consi<strong>de</strong>ra que es una red.Los recursos <strong>profesional</strong>es incluyen:• Sistemas comunes que permiten a las firmas intercambiar información como datos<strong>de</strong> clientes, facturación, y registros <strong>de</strong> tiempos;• Socios y personal asistente;• Departamentos técnicos que consultan sobre asuntos técnicos o específicos <strong>de</strong> laindustria, transacciones o eventos para trabajos para atestiguar;• Metodología <strong>de</strong> auditoría o manuales <strong>de</strong> auditoría; y• Cursos e instalaciones <strong>de</strong> entrenamiento.290.24 La <strong>de</strong>terminación <strong>de</strong> si los recursos <strong>profesional</strong>es que se comparten son importantes, ypor tanto las firmas son firmas <strong>de</strong> la red, <strong>de</strong>berá basarse en los factores y circunstanciasrelevantes. Cuando los recursos compartidos se limitan a metodología <strong>de</strong> auditoría o manuales<strong>de</strong> auditoría comunes, sin intercambio <strong>de</strong> personal o <strong>de</strong> información <strong>de</strong> clientes o<strong>de</strong> mercado, es poco probable que los recursos compartidos sean importantes. Lo mismoaplica a una tarea común <strong>de</strong> entrenamiento. Cuando, sin embargo, los recursos compartidosimplican el intercambio <strong>de</strong> personas o información, como cuando se obtiene personalasistente <strong>de</strong> una fuente compartida, o se crea un <strong>de</strong>partamento técnico común <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong>la estructura mayor para proporcionar a las firmas participantes asesoría técnica que <strong>de</strong>benseguir las firmas, es más probable que un tercero razonable e informado concluya que losrecursos compartidos son importantes.Entida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> interés público290.25 La Sección 290 contiene disposiciones adicionales que reflejan la extensión <strong>de</strong>l interés públicoen ciertas entida<strong>de</strong>s. Para fines <strong>de</strong> esta sección, las entida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> interés público son:(a) Todas las entida<strong>de</strong>s que cotizan en bolsa(b) Todas las entida<strong>de</strong>s reguladas que pertenezcan al sector financiero y/o <strong>de</strong> segurosy fianzas, incluyendo las Administradoras <strong>de</strong> Fondos para el Retiro (AFORES) y lasSocieda<strong>de</strong>s <strong>de</strong> Inversión <strong>de</strong> Fondos para el Retiro (SIEFORES); y38

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