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DERECHO PROCESAL ORGANICO.pdf - U-Cursos

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38comunicación de los sujetos procesales entre sí y con la sociedad, a los diferentes tipos de relación del órganojurisdiccional con el material fáctico y la sucesión temporal de los actos procesales.Principios del proceso:a.- Principios inherentes a la estructura del proceso: Contradicción e Igualdad.b.- Principios relativos a la acción y el derecho material subyacente: Dispositivo e inquisitivo.c.- Principios referentes a la formación del material de hecho: Aportación e investigación.d.- Relativos a la valoración de la prueba: Sana crítica.Principios del procedimiento:a.- Relativos a la forma de los actos procesales: Oralidad - escrituración.b.- Relativos a la relación entre el tribunal y el material fáctico: Inmediación- mediaciónc.- Otros principios del procedimiento: Concentración, preclusión, publicidad.5.II.- PRINCIPIOS DEL PROCESO1.- Principios inherentes a la estructura del proceso: Contradicción e Igualdad.1.1. Contradicción.El enfrentamiento de dos partes: Una que sostiene una pretensión y otra parte que se opone a ella es de laesencia para la existencia del proceso, debiendo reconocerse dentro del mismo el derecho de defensa.En el proceso penal, el principio de la contradicción requiere de una presencia física o contienda, dado que laausencia del imputado dentro del proceso general genera la suspensión del mismo.Por ello, es de la esencia que se asegure el debido emplazamiento de las partes y se le brinde la oportunidad deejercer la defensa de sus derechos.1.2. Igualdad.Debe otorgarse a las partes en el proceso posibilidades de ataque y de defensa equivalentes.2.- Principios relativos a la acción y el derecho material subyacente: Dispositivo e inquisitivo.Las principales manifestaciones del principio dispositivo las encontramos en:a.- Poder de disposición sobre el derecho material, por lo que el proceso sólo puede iniciarse a petición de parte.Donde no hay demandante no hay juez. Nemo iudex sine actore.Como consecuencia de ello, nadie puede ser obligado en el proceso civil como regla general a demandar, aldemandado nadie puede obligarlo a defenderse, y finalmente, el tribunal no puede hacer valer una pretensiónpara generar un proceso entre las partes.

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