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DERECHO PROCESAL ORGANICO.pdf - U-Cursos

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72.2.2. Características.La autocomposición se caracteriza por:a) Ser una forma de solución de conflictos, ya sea que se hayan llevado o no al proceso para sudecisión.b) Es una forma en que las partes en forma directa, sea con la asistencia o no de terceros, determinanlas condiciones en que se debe solucionar el conflicto.c) Sólo puede llegarse a la forma autocompositiva por quienes tienen la capacidad o las facultadessuficientes para convenir en el acuerdo. La capacidad se encuentra regulada por las normas del CódigoCivil, y las facultades para autocomponer dentro del proceso requieren del mandatario judicialfacultades especiales de conformidad a lo establecido en el inciso 2° del artículo 7º del Código deProcedimiento Civil.d) Es una forma pacífica de solución de los conflictos que emana de una decisión voluntaria de laspartes, por lo que la concurrencia de la fuerza física o moral la invalida.2.2.3.-Evolución y ventajas.Durante estas últimas décadas se ha puesto énfasis en la solución del conflicto por esta víaautocompositiva, sin tener que acudir al proceso para su solución en diversos países, generándosenuevos métodos a los cuales se ha designado como ADR o Resolución Alternativa de Litigios. 1515 “Todos los esfuerzos realizados para la búsqueda de nuevos métodos de resolución de conflictos, hasta entonces dispares,coincidieron en abril de 1976, cuando Warren E. Burger, magistrado del Tribunal Supremo, convocó a la Conferencia deRoscoe E. Pound para analizar las causas del descontento popular con la administración de justicia de Saint Paul. 15 Burgerexpresó su temor de que “podamos estar encaminados a una sociedad invadida por hordas de abogados, hambrientos comouna plaga de langostas, y brigada de jueces, mas numerosos que nunca ”, y añadió luego que “estamos llegando a un puntoen que el sistema judicial - tanto estatal como federal - puede literalmente, hundirse antes de finales de siglo”.“La reunión atrajo a miembros del estamento judicial, preocupados por el gran volumen de litigios y la aparición de nuevoscasos que comenzaban a incrementarse peligrosamente: litigios sobre cuestiones medioambientales, peticiones de reformade las instituciones públicas y conflictos calificados de menores sobre reclamaciones de pequeñas sumas de dinero.“También estaban presentes en la reunión algunos veteranos del movimiento en pro de movimiento de los derechos civiles,junto a abogados preocupados por la forma en que aumentaban las demandas y por la equidad de los procedimientos. Todosestos extraños compañeros estaban unidos por el propósito académico común de encontrar mejores soluciones a losproblemas sociales y científicos cada vez más complejos.“A raíz de la Conferencia de Pound, la proliferación de técnicas conciliatorias y la aparición de nuevos profesionales einstituciones dispuestos a usarlas han constituido el mayor fenómeno de cambio social. Han surgido discretos esfuerzos paraelaborar un nuevo sistema de resolución de conflictos, aunque por cauces distintos y, a menudo, sin sincronización”1.- Los directivos de las empresas acuden a cursos de negociación, para aprender a tratar directamente con sus empleados,clientes y competidores. También asisten a seminarios sobre negociación. Las ofertas de las escuelas empresariales estánvariando, lo que refleja la nueva orientación de los ejecutivos.En la actualidad, cuando los directores ejecutivos se enfrentan a conflictos con otras empresas o con los consumidores,insisten, cada vez mas, en resolver la cuestión a través de la negociación, la mediación o el proceso simplificado, parareducir los costes legales, ganar tiempo y apaciguar los ánimos.2.- Las familias con problemas solían acudir a los tribunales o a los terapeutas. Ahora ya pueden solicitar la mediación desus propios terapeutas, sus abogados o del voluntariado comunal La idea consiste en acudir a un tercero, sin poder paratomar decisiones, que ayude a limar las asperezas entre maridos y mujeres, padres e hijos, y sobre todo, entre personas entrámite de divorcio. Algunos psiquiatras han relatado en sus informes que el grueso en su práctica profesional se hadesplazado de la terapia a la resolución de los conflictos jurídicos.Muchas jurisdicciones han seguido esta tendencia y ordenan a las parejas con intención de divorciarse que intenten lamediación antes de presentar la demanda ante el juez. Los defensores de la mediación obligatoria piensan que, gracias a lacomunicación abierta y el carácter de “soluciónelo usted mismo”, la mediación es el proceso ideal para llegar a acuerdo enlos casos de divorcio, sobre todo si la pareja tiene hijos. Los detractores alegan que, probablemente, el sistema funcionamejor cuando las partes lo eligen voluntariamente.3.- En los últimos quince años se han creado más de 350 centros vecinales de justicia en los Estados Unidos, en lugares tandispares como tiendas, escuelas públicas o juzgados. Estos centros, que a veces se denominan institutos de mediación o“juntas vecinales” se valen de voluntarios de la comunidad que actúan como conciliadores en conflictos entre arrendadoresy arrendatarios, entre vecinos y entre miembros de una familia. Algunos de ellos median entre abogados criminalistas y las

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