13.07.2015 Views

Fianza a Primer Requerimiento - CNSF

Fianza a Primer Requerimiento - CNSF

Fianza a Primer Requerimiento - CNSF

SHOW MORE
SHOW LESS
  • No tags were found...

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

CAPÍTULO PRIMEROLAS GARANTÍAS1.- Concepto de garantía.La palabra “garantía” es un concepto equívoco, utilizado comúnmente en todas las disciplinasdel derecho con diversas connotaciones. Entre los diversos significados, tenemos, entreotros, los siguientes:1.- En la Constitución se habla de las “garantías individuales”, por lo que se equipara eltérmino a la protección de los derechos fundamentales del hombre.Aquí el término se ha criticado, porque, se dice que una cosa son los derechos individuales yotra la garantía de esos derechos, que en nuestro país lo constituye el juicio de amparo, quese encuentra consagrado en los artículos 103 y 107 de nuestra Constitución Política.2.- Ricardo Luis Lorenzetti 1 señala que en el derecho contractual, “se utiliza el término paracalificar una ampliación de las obligaciones del acreedor”, y así se habla de las garantías deevicción, vicios, funcionalidad de la cosa vendida, ya sea en cuanto a mantenimiento,servicios, etc. (así, por ejemplo, cuando se compra un aparato eléctrico, generalmente seindica por el vendedor que éste tiene una “garantía”, generalmente de un año.) 23.- En un sentido amplio, y referido a las obligaciones se dice que la garantía es “todaseguridad adicional que el propio deudor o un tercero otorga al acreedor para el supuesto deque la obligación no sea total y debidamente cumplida a su vencimiento” 3 .4.- En otro sentido, se define la obligación de garantía como “la obligación accesoria o no,pero vinculada y coordinada con la obligación principal que crea un derecho subjetivo a favordel beneficiario, que se adiciona al derecho de crédito que se quiere asegurar”. 4A pesar de todas las distintas concepciones acerca de la garantía, esta conlleva implícita laidea de seguridad.Para Arce Gargollo 5 hay relaciones que no son propiamente negocios de garantía. Entreotros, señala los siguientes:1 Lorenzetti Ricardo Luis, Tratado de los Contratos Tomo IIi, Rubinzal-Culzoni Editores, Buenos Aires, 2000, página476.2El artículo 40 de la Ley Federal de Protección al Consumidor señala que “las leyendas garantizado, garantía ocualquier otra equivalente sólo podrán emplearse cuando se indiquen en qué consisten y la forma en que elconsumidor puede hacerlas efectivas” y en el capítulo IX se alude a las garantías.3 Farina, Juan M., Contratos Comerciales Modernos, 2ª. Edición, 1ra. Reimpresión, Editorial Astrea, 1999, página334.4 Villegas, Carlos Gilberto, Las Garantías del Crédito, Tomo I, segunda edición, Rubinzal-Culzoni Editores, BuenosAires Argentina, página 73.5 Arce Argollo, Javier, “Introducción al estudio de los medios de garantía modernos”, en Revista de Derecho Privado,Número 18, Año 6, México, 1995, páginas 43 y 44.2

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!