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Pliegos Infraestructura vial - EPM

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EL CONTRATISTA deberá mantener en el sitio de los trabajos una oficina que será elcentro de operaciones del ingeniero residente. Dicha oficina deberá ser atendida por unempleado del contratista quien deberá estar presente físicamente durante todo el tiempode ejecución de los trabajos. La entrega de instrucciones, dibujos y otras comunicacionesa esta oficina será considerada como presentación de éstos en manos del residente.Personal de dirección y supervisiónEL CONTRATISTA deberá mantener en el lugar de los trabajos un ingeniero graduado ymatriculado de acuerdo con las exigencias establecidas en la ley 64 de 1978 que regula elejercicio de la ingeniería, su decreto reglamentario No. 2500 de 1987 y la ley 9a de 1990,y dar cumplimiento a todas las disposiciones de las citadas leyes que le sean aplicables.Dicho ingeniero tendrá a su cargo la dirección de las obras y representará a ELCONTRATISTA con amplias facultades para obrar y resolver los problemas que sepresenten. Siempre que el residente de la obra deba ausentarse de los trabajos deberáser reemplazado por un suplente, quien en ese momento será el representante autorizadodel contratista, con todos los deberes, responsabilidades y autoridad del residente. Elsuplente deberá ser igualmente un Ingeniero con experiencia y calificación similar a lacorrespondiente al titular. Antes de nombrar el residente y el suplente, EL CONTRATISTAsometerá los títulos y antecedentes profesionales de los mismos a la revisión yaprobación de LA HIDROELECTRICA, quienes se reservan el derecho de rechazar elpersonal que a su juicio no reúna la experiencia suficiente para el tipo de trabajo delcontrato. La aprobación del residente y del suplente, no exime a EL CONTRATISTA desu obligación de removerlo, si LA HIDROELECTRICA así lo exige, cuando el avance y laorganización de las obras no sean satisfactorios para las mismas.El número de supervisores deberá ser suficiente para garantizar supervisión profesionalen todos los lugares principales y durante todos los turnos en los cuales se ejecutan lostrabajos. Por ningún motivo EL CONTRATISTA podrá dejar zonas o partes deimportancia de los trabajos sin supervisión profesional.El personal de trabajadores de EL CONTRATISTA será de su libre nombramiento yremoción, pero LA INTERVENTORÍA tendrá derecho a exigir A EL CONTRATISTA elcambio de aquellos empleados que considere ineptos, incapaces o perjudiciales encualquier forma para el desarrollo de los trabajos sin que tenga que dar explicación algunaa EL CONTRATISTA.PersonalLA HIDROELECTRICA, para dar cumplimiento al Plan de Manejo Ambiental, tieneninterés en que se estimule la contratación de mano de obra con personal de la región, porlo tanto EL CONTRATISTA debe tener en cuenta la mano de obra calificada y nocalificada de la zona de influencia del proyecto para la construcción de estas obras.Para iniciar las labores el personal de EL CONTRATISTA deberá tener como prerrequisitouna inducción que será presentada por LA HIDROELECTRICA, en sus instalaciones o enel sitio de las obras.Proceso de contratación PC 002-2009Pliego de Condiciones y Especificaciones 50

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