13.07.2015 Views

REPÚBLICA DE PANAMÁ AUTORIDAD NACIONAL DE LOS ... - Asep

REPÚBLICA DE PANAMÁ AUTORIDAD NACIONAL DE LOS ... - Asep

REPÚBLICA DE PANAMÁ AUTORIDAD NACIONAL DE LOS ... - Asep

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

19.8. De conformidad con lo establecido en el Artículo 32 de la Ley No. 31 de 1996, elEstado se reserva, en todo momento, el derecho de declarar desierta la licitación ode no adjudicarla, cuando considere que no están adecuadamente salvaguardadoslos intereses públicos.20. FIANZA <strong>DE</strong> CUMPLIMIENTO20.1 El requerimiento al Participante ganador para que presente la fianza decumplimiento definitiva, se hará por LA <strong>AUTORIDAD</strong> cuando se haya realizadola adjudicación definitiva.20.2 Esta fianza será por un monto de CINCO MILLONES SETECIENTOSCINCUENTA Y DOS MIL DIECINUEVE DÓLARES AMERICANOS (US$5,752,019.00), y en ningún caso podrá ser inferior al 10% del valor de las obras einstalaciones proyectadas dentro de los cinco (5) primeros años a partir de la fechadel perfeccionamiento del Contrato de Concesión e irá disminuyendo anualmentedurante los cinco (5) primeros años en proporción al valor de las obras einstalaciones realizadas, hasta llegar a un mínimo equivalente al CINCUENTAPOR CIENTO (50%), del monto inicial de la fianza, el cual se mantendrá por elresto del periodo de vigencia del Contrato de Concesión, más el término de unaño, para responder a los vicios redhibitorios que pudieran producirse.20.3 Esta fianza habrá de constituirse en efectivo, o en títulos de crédito del Estado, oen pólizas de compañías de seguros, mediante garantía bancaria o en chequescertificados. Las compañías de seguros y los bancos a cuyos cargos liberen losseguros y cheques deben tener solvencia reconocida por la Superintendencia deSeguros o por la Comisión Bancaria respectivamente. Además, deben contar conla aprobación de la Contraloría General de la República.20.4 El participante no ganará interés alguno en ninguna de las formas de garantíasmencionadas, excepto en los Bonos del Estado de Panamá. Los Bonos del Estadoserán admitidos por el total de su valor nominal y se facilitarán al Participante losmedios adecuados para que puedan percibir los intereses que tales bonosdevenguen.20.5. La fianza definitiva o de cumplimiento de contrato de concesión se emitiráconjuntamente a favor del MINISTERIO <strong>DE</strong> GOBIERNO Y JUSTICIA y de LACONTRALORÍA GENERAL <strong>DE</strong> LA REPÚBLICA.20.6. La Contraloría General de la República queda facultada para rechazar cualquierfianza que no represente una adecuada garantía de cumplimiento de contrato.Igualmente podrá exigir la sustitución de garantías otorgadas por bancos ocompañías de seguros que no se encuentren en capacidad comprobada de15

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!