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REPÚBLICA DE PANAMÁ AUTORIDAD NACIONAL DE LOS ... - Asep

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El cálculo de este índice será el cociente del total de llamadas interrumpidas contadas durante elperiodo de medición, dividido entre el número total de llamadas completadas contadas duranteel mismo periodo, expresado como porcentaje.Esta meta deberá cumplirse en forma semestral, como promedio de el(los) periodo(s) demedición que se acuerde realizar durante el semestre. Para calcular el porcentaje decumplimiento semestral de esta meta, se calculará el promedio de los índices obtenidos en cadaperiodo de medición, o sea:• Calcular el promedio aritmético de los niveles de cumplimiento de la meta por semestre(suma de los índices obtenidos en cada periodo de medición dividida entre la cantidad deperiodos de medición que se llevaron a cabo durante el semestre).La empresa concesionaria, entregará a LA <strong>AUTORIDAD</strong> Nacional de los Servicios Públicos,mediante declaración jurada y dentro de los treinta (30) primeros días del mes siguiente alsemestre medido, un informe con las mediciones realizadas durante el(los) periodo(s) demedición. Las mediciones parciales del índice que se obtengan en cada periodo de mediciónserán remitidas a LA <strong>AUTORIDAD</strong> Nacional de los Servicios Públicos durante los primerosdiez (10) días hábiles siguientes al periodo de medición. Este índice deberá ser menor o igual aldos por ciento (2%).7. Porcentaje de notificación de errores de facturaciónLa fórmula a aplicar para calcular este índice mensualmente será la siguiente:Porcentaje de notificación de ⎛ Número de errores de facturación notificados al mes ⎞=100errores de facturación⎜Número de líneas activas facturadasal mes⎟ ×⎝⎠Este índice de calidad de servicio no tiene meta establecida en el contrato; sin embargo, seestimará y remitirá a LA <strong>AUTORIDAD</strong> Nacional de los Servicios Públicos para finesestadísticos. Para el cálculo de este índice se consideraran todas las quejas que sean presentadaspor los clientes de contrato o postpago y que se refieran a errores o discrepancias en lafacturación emitida.Este índice deberá ser evaluado en períodos de medición mensuales y se calculará su valorsemestral, como promedio de los seis (6) meses de medición.La empresa concesionaria, entregará a LA <strong>AUTORIDAD</strong> Nacional de los Servicios Públicos,mediante declaración jurada, los resultados semestrales dentro de los treinta (30) primeros díasdel mes siguiente al semestre medido. Las mediciones mensuales parciales serán remitidas a LA<strong>AUTORIDAD</strong> Nacional de los Servicios Públicos en forma mensual durante los primeros diez(10) días hábiles siguientes al periodo de medición.8. Porcentaje de reclamos justificados por errores de facturación por mesLa fórmula a aplicar para calcular este índice mensualmente será la siguiente:47

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