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REPÚBLICA DE PANAMÁ AUTORIDAD NACIONAL DE LOS ... - Asep

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67.3. Preste servicios de telecomunicaciones distintos a los comprendidos en el objeto de estaCONCESIÓN, sin haber obtenido la correspondiente CONCESIÓN administrativa.67.4. Evada o se atrase en el pago de la cuota anual o demás aportes, conforme a lo establecidoen la Cláusula 12.67.5. Impida u obstaculice las fiscalizaciones ordenadas por LA <strong>AUTORIDAD</strong> Reguladora.67.6. Se declara la formación del concurso de acreedores o quiebra correspondiente, odisolución de EL CONCESIONARIO.67.7. Incumpla los plazos establecidos para concluir sus obras o para dar inicio a susoperaciones, según lo establecido en la Cláusula 69.4.67.8. Incumpla de manera grave los planes de expansión o las metas de los índices de calidadde servicio, establecidos en los Anexos A y B de este Contrato.67.9. Incumpla cualquier otra disposición del presente contrato.También aplican las infracciones contenidas en la Ley 31 de 1996, para lo cual se seguirá elprocedimiento sancionatorio contenido en dicha Ley.CLÁUSULA 68: SANCIONESDe acuerdo con la gravedad de la falta, el daño producido y la reincidencia de la comisión y sinperjuicio de lo dispuesto en las leyes y reglamentos aplicables, LA <strong>AUTORIDAD</strong> Reguladorapodrá imponer al CONCESIONARIO, por medio de resolución motivada algunas de lassanciones siguientes:68.1. AMONESTACION PÚBLICA, difundida a través de dos (2) diarios de circulaciónnacional, a costa dEL CONCESIONARIO. Si en el plazo de un (1) año ELCONCESIONARIO incurre en dos (2) infracciones sancionadas con amonestaciónpública, dará lugar a la sanción de multa consagrada en el numeral 2 de la presenteCláusula.68.2. MULTA hasta por una cantidad equivalente al uno por ciento (1%) de los ingresos brutosde EL CONCESIONARIO, del año calendario anterior al que corresponden sus últimosestados financieros auditados y conforme a los resultados que éstos arrojen, de acuerdocon la gravedad y reincidencia de falta.68.3. RESOLUCION ADMINISTRATIVA de la CONCESIÓN y, por ende, terminación delpresente Contrato, de conformidad con lo establecido en la Cláusula 69.31

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