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YO A ESO NO JUEGO

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<strong>YO</strong> A <strong>ESO</strong> <strong>NO</strong> <strong>JUEGO</strong><br />

En ambos tipos de violencia encontramos características concretas que nos<br />

permiten diferenciarlos de otras conductas violentas que no son definidas<br />

como acoso. Estas características son:<br />

• Intencionalidad por parte del agresor<br />

• Repetición en el tiempo<br />

• Desequilibrio de poder (física, psicológica o socialmente)<br />

Por lo tanto, el acoso y el ciberacoso son comportamientos repetitivos<br />

de hostigamiento, intimidación y exclusión social de la<br />

víctima, que implica diversas formas de violencia física, psicológica<br />

o verbal, y que suelen hacerse en momentos en los que no<br />

hay ningún adulto presente. 3<br />

El ciberacoso está íntimamente asociado con el aumento del uso de las<br />

tecnologías de la información y de la comunicación (TIC) entre la actual<br />

generación de niños y niñas, a los que ya se considera “nativos digitales”.<br />

Según datos del Instituto Nacional de Estadística del año 2015, 4 prácticamente<br />

toda la población escolar entre 10 y 15 años (por encima del 90%)<br />

tiene acceso a internet, y un porcentaje muy alto de alumnos de entre 12<br />

y 16 años tiene su propio teléfono móvil (en torno al 90%). Además, diversos<br />

estudios realizados en España 5 demuestran que los adolescentes usan<br />

principalmente las TIC para comunicarse con sus amigos, especialmente a<br />

través de redes sociales. 6<br />

3 Una definición académica de acoso que podemos manejar para mayor claridad<br />

es: “Una persona está siendo acosada cuando es expuesta, repetidamente y de forma<br />

prolongada en el tiempo, a acciones negativas por parte de una o más personas. Es<br />

una acción negativa cuando alguien intencionalmente causa, o trata de causar, daño o<br />

molestias a otro” (Olweus, 1999, p. 10)<br />

4 INE (2015): Encuesta sobre Equipamiento y Uso de Tecnologías de Información y Comunicación<br />

en los Hogares. http://www.ine.es/prensa/np933.pdf<br />

5 García Calera (2008) y Observatorio de la Infancia en Andalucía (2010)<br />

6 Aunando estas características y datos, podemos en último término definir el ciberacoso<br />

como: “(Una) agresión intencional, por parte de un grupo o un individuo,<br />

usando formas electrónicas de contacto, repetidas veces a una víctima que no puede<br />

defenderse fácilmente por sí misma” (Smith et al., 2008)<br />

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