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Operación Cóndor

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aportes de especialistas sobre la <strong>Operación</strong> <strong>Cóndor</strong><br />

Argentina (19/97) instruidos ante el Juzgado Central de Instrucción Nº 5, de<br />

la Audiencia Nacional de España, a cargo del magistrado Baltasar Garzón.<br />

Estos procedimientos se iniciaron en aplicación del principio de justicia<br />

universal previsto en el art. 23.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que<br />

establecía la jurisdicción de los tribunales españoles para la investigación<br />

y enjuiciamiento de graves crímenes internacionales cometidos fuera del<br />

territorio nacional español y con independencia de la nacionalidad de víctimas<br />

y victimarios.<br />

Los hechos denunciados se calificaron inicialmente como constitutivos<br />

de delitos de genocidio, terrorismo y tortura, lo que motivó, al constituir<br />

crímenes internacionales de primer grado, que los juzgados centrales de<br />

instrucción de la Audiencia Nacional declarasen su competencia para su<br />

investigación y enjuiciamiento de los hechos. Jurisdicción que fue confirmada<br />

por los Autos del Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia<br />

Nacional de 4 y 5 de noviembre de 1998.<br />

En la actualidad, el ámbito de aplicación del principio de justicia universal ha<br />

sido restringido en España mediante la aprobación de dos reformas legislativas<br />

que han introducido determinados vínculos de conexión entre el hecho y<br />

el Estado español, como requisitos imprescindibles para el ejercicio universal.<br />

3.3.2. Marco judicial de investigación y su relación con el caso Pinochet<br />

El procedimiento penal por el denominado Caso Chile-Pinochet, como se ha<br />

señalado, se inició, ante los tribunales españoles contra el general Pinochet y<br />

otros responsables de la dictadura militar chilena por los crímenes cometidos<br />

durante la misma. Este procedimiento correspondió al Juzgado Central de<br />

Instrucción Nº 6 de la Audiencia Nacional Española, que fue quien inicialmente<br />

inició la investigación judicial de los hechos en julio de 1996.<br />

Sin embargo, en el Juzgado Central de Instrucción Nº 5 de la Audiencia<br />

Nacional como se indicado, se había iniciado otro procedimiento por el<br />

denominado Caso Argentina, en marzo de 1996. En el marco de este procedimiento<br />

se abrió, entre otras, la Pieza Separada III denominada <strong>Operación</strong><br />

<strong>Cóndor</strong>. El Juzgado acordó incoar esta pieza separada porque,<br />

al investigar los hechos ocurridos durante la dictadura militar argentina,<br />

evidenció que muchos de ellos estaban relacionados y formaban parte de<br />

la conocida como <strong>Operación</strong> <strong>Cóndor</strong>.<br />

Para la investigación de estos hechos resultó esencial la participación, como<br />

acusación particular y popular, de numerosas organizaciones de derechos<br />

<strong>Operación</strong> <strong>Cóndor</strong>. 40 años después<br />

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