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revista_mensual_marzo

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ASESORÍA LABORAL<br />

D<br />

INFORME<br />

Participación de los trabajadores en las<br />

utilidades de la empresa<br />

Dr. Brucy Grey Paredes Espinoza<br />

Egresado de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, especialista en Derecho del Trabajo y Seguridad y Salud Laboral. Miembro<br />

del staff del Informativo Vera Paredes<br />

I. INTRODUCCIÓN<br />

Es importante para muchas empresas llevar a cabo el<br />

pago de las utilidades antes de la Declaración Jurada<br />

Anual del Impuesto a la Renta, ya que esto les permite<br />

deducir como gasto este beneficio social. No solo esto,<br />

sino además, conocer como es el marco operativo<br />

del reparto de utilidades permite al empleador no<br />

cometer errores al momento del pago de las utilidades<br />

a sus trabajadores, por lo que en las siguientes líneas<br />

abordaremos el aspecto legal de las utilidades de<br />

manera sencilla para su uso funcional en el que hacer<br />

de las empresas.<br />

1. Marco legal<br />

La participación de los trabajadores en las utilidades<br />

de la empresa no solo busca logra una identificación<br />

de los trabajadores con los objetivos empresariales,<br />

sino principalmente, premiarlos haciéndolos participes<br />

de los resultados del negocio debido a que, por su alta<br />

productividad, lograron mayores utilidades para la empresa.<br />

Este derecho se encuentra recogido en el artículo 29 de<br />

nuestra constitución política y se encuentra regulado<br />

por el Decreto Legislativo N° 892 y sus modificatorias<br />

introducidas por la Ley N° 27564 y la Ley N° 28464, así<br />

como su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo<br />

N° 009-98-TR, y las disposiciones aún vigentes del<br />

Decreto Legislativo N° 677.<br />

2. Ámbito aplicación<br />

De acuerdo a lo establecido en el Decreto Legislativo N°<br />

892, se encuentran obligadas a distribuir las utilidades<br />

entre sus trabajadores, las empresas que desarrollan<br />

actividades generadoras de rentas de tercera categoría<br />

que hayan tenido veinte (20) o más trabajadores, en<br />

promedio, en el ejercicio.<br />

Acá el termino empresa hay que entenderlo en el<br />

sentido mercantil, esto es, capital más trabajo, por lo<br />

que las personas naturales (empresas unipersonales)<br />

que realizan actividades lucrativas y generan ingresos<br />

de tercera categoría, deberían estar dentro del ámbito<br />

de aplicación de este beneficio en la medida que no<br />

existe exclusión expresa.<br />

Adicionalmente consideramos que debido al sentido<br />

mercantil que tiene el término empresa, las asociaciones<br />

sin fines de lucro no deberían estar obligadas a repartir<br />

utilidades entre sus trabajadores.<br />

3. Determinación del número de trabajadores<br />

A efectos de establecer si el número de trabajadores<br />

de una empresa excede o no los 20 trabajadores y,<br />

en consecuencia, conocer si se encuentra obligada<br />

a repartir utilidades, se deberá sumar el número de<br />

trabajadores que hubieran laborado para la empresa en<br />

cada mes del ejercicio correspondiente y, el resultado<br />

de dicha suma, dividirlo entre 12.<br />

Cuando en un mes del referido ejercicio varié el número<br />

de trabajadores contratados por la empresa, se tomara<br />

en consideración el número mayor. Por otro lado, si el<br />

número resultante incluyera una fracción, se aplicara el<br />

redondeo a la unidad superior, siempre y cuando dicha<br />

fracción sea igual o mayor a 0.5.<br />

Es importante precisar que para realizar este conteo, se<br />

considera únicamente a los trabajadores que hubieran<br />

sido contratados directamente por la empresa, ya sea<br />

mediante contratos por tiempo indeterminado, sujetos<br />

a modalidad o a tiempo parcial, es decir, se excluyen<br />

a los trabajadores destacados por una empresa de<br />

intermediación laboral, así como a los que presten<br />

servicios en forma independiente para la empresa.<br />

4. Porcentaje de la distribución<br />

El porcentaje de las utilidades a distribuir entre los<br />

trabajadores se encuentra determinada por la actividad<br />

económica que desarrolla la empresa, dicho porcentaje,<br />

se aplica sobre la renta anual imponible, antes de<br />

impuestos, según lo calculado por la empresa en su<br />

declaración jurada anual del impuesto a la renta.<br />

Cuadro N° 1<br />

Actividad de la empresa<br />

Porcentaje<br />

Empresas pesqueras 10%<br />

Empresas de telecomunicaciones 10%<br />

Empresas industriales 10%<br />

Empresas mineras 8%<br />

Empresas de comercio al por mayor y al por menor<br />

y restaurantes<br />

8%<br />

Empresas que realizan otras actividades 5%<br />

La determinación de la actividad que realizan las<br />

empresas se efectúa según la clasificación internacional<br />

industrial uniforme (CIIU) de las Naciones Unidas. En<br />

caso de que la empresa desarrolle más de una actividad,<br />

para determinar el porcentaje de participación en las<br />

utilidades, se deberá considerar la actividad principal,<br />

entendiéndose como tal a la que genero mayores<br />

ingresos brutos en el respectivo ejercicio.<br />

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