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revista_mensual_marzo

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ASESORÍA DERECHO COMERCIAL<br />

G<br />

INFORME<br />

Contrataciones del Estado<br />

Enver Damián de la Cruz<br />

Contador Público y Abogado egresado de la UNMSM, con Especialización en Derecho Corporativo. Miembro del staff del Informativo Vera Paredes<br />

1. Finalidad de las Contrataciones del Estado<br />

Las Contrataciones del Estado tiene por finalidad<br />

maximizar el valor de los recursos públicos que se<br />

invierten y a promover la actuación bajo el enfoque<br />

de gestión por resultados en las contrataciones<br />

de bienes, servicios y obras, de tal manera que<br />

estas se efectúen en forma oportuna y bajo las<br />

mejores condiciones de precio y calidad, permitan<br />

el cumplimiento de los fines públicos y tengan una<br />

repercusión positiva en las condiciones de vida de<br />

los ciudadanos.<br />

2. Entidades que realizan contrataciones<br />

Se encuentran comprendidos bajo el término<br />

genérico de Entidad:<br />

a) Los Ministerios y sus organismos públicos,<br />

programas y proyectos adscritos.<br />

b) El Poder Legislativo, Poder Judicial y Organismos<br />

Constitucionalmente Autónomos.<br />

c) Los Gobiernos Regionales y sus programas y<br />

proyectos adscritos.<br />

d) Los Gobiernos Locales y sus programas y<br />

proyectos adscritos.<br />

e) Las universidades públicas.<br />

f) Sociedades de Beneficencia Pública y Juntas de<br />

Participación Social.<br />

g) Las empresas del Estado pertenecientes a los tres<br />

niveles de gobierno.<br />

h) Los fondos constituidos total o parcialmente con<br />

recursos públicos, sean de derecho público o<br />

privado.<br />

Las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional del Perú<br />

y los órganos desconcentrados tienen el mismo<br />

tratamiento que las Entidades señaladas en el<br />

numeral anterior.<br />

Lo señalado se aplica a las contrataciones que<br />

deben realizar las Entidades y órganos, así como a<br />

otras organizaciones que, para proveerse de bienes,<br />

servicios u obras, asumen el pago con fondos<br />

públicos.<br />

3. Organización de los procesos de contratación<br />

Los procesos de contratación son organizados por la<br />

Entidad, como destinataria de los fondos públicos<br />

asignados a la contratación.<br />

Mediante convenio una Entidad puede encargar a<br />

otra Entidad las actuaciones preparatorias y/o el<br />

procedimiento de selección.<br />

Excepcionalmente, también puede encargarse<br />

determinados procedimientos de selección<br />

a organismos internacionales debidamente<br />

acreditados, previa autorización expresa, cuando<br />

el objeto de la contratación sea calificado como<br />

especializado o complejo, siguiendo las condiciones<br />

de transparencia, auditabilidad y rendición de<br />

cuentas.<br />

4. Funcionarios, dependencias y órganos<br />

encargados de las contrataciones<br />

Se encuentran encargados de los procesos de<br />

contratación de la Entidad:<br />

a) El Titular de la Entidad, que es la más alta<br />

autoridad ejecutiva, de conformidad con sus<br />

normas de organización, que ejerce las funciones<br />

para la aprobación, autorización y supervisión de<br />

los procesos de contratación de bienes, servicios<br />

y obras.<br />

b) El Área Usuaria, que es la dependencia<br />

cuyas necesidades pretenden ser atendidas<br />

con determinada contratación o, que<br />

dada su especialidad y funciones, canaliza<br />

los requerimientos formulados por otras<br />

dependencias, que colabora y participa en la<br />

planificación de las contrataciones, y realiza<br />

la verificación técnica de las contrataciones<br />

efectuadas a su requerimiento, para su<br />

conformidad.<br />

c) El Órgano Encargado de las Contrataciones,<br />

que es el órgano o unidad orgánica que realiza<br />

las actividades relativas a la gestión del<br />

abastecimiento de la Entidad, incluida la gestión<br />

administrativa de los contratos.<br />

Adicionalmente, la Entidad puede conformar<br />

comités de selección, que son órganos colegiados<br />

encargados de seleccionar al proveedor que brinde<br />

los bienes, servicios u obras requeridos por el área<br />

usuaria a través de determinada contratación.<br />

Titular de la Entidad puede delegar, mediante<br />

G -<br />

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