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Revista15-05-2017

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Informativo Vera Paredes ASESORÍA TRIBUTARIA -1ra.Quincena de Mayo A<br />

a)<br />

El contribuyente deberá sustentar el gasto con la factura electrónica* o recibo de<br />

arrendamiento que para estos efectos deberá entregar el arrendador del inmueble.<br />

b)<br />

Debe entenderse por primera vivienda a del contribuyente o de su cónyuge o concubina (o)<br />

registrada en Registros Públicos al momento del otorgamiento del crédito. La búsqueda<br />

registral se debe efectuar en la zona registral donde reside el contribuyente, su cónyuge o<br />

concubina(o) y en la zona registral donde se solicita el crédito hipotecario para vivienda. Es<br />

importante señalar que los gastos por intereses de créditos hipotecarios no incluyen los<br />

intereses moratorios.<br />

El contribuyente deberá sustentar el gasto con la factura electrónica* que para esto efectos<br />

deberá emitir el otorgante del crédito.<br />

A-2

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