NIIF 13
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
Gestión Laboral<br />
Contratación<br />
laboral a<br />
tiempo parcial<br />
Autor: SalvatierraValdivieso, Ricardo<br />
1. INTRODUCCIÓN<br />
En nuestro ordenamiento laboral, existen distintos tipos<br />
de contrataciones de trabajo, dentro de los cuales nos<br />
encontramos con un tipo contractual cuya característica<br />
esencial es su jornada laboral reducida en promedio diaria<br />
durante la semana.<br />
Este contrato por tiempo parcial laborado, tiene<br />
características que en el presente informe pasaremos a<br />
analizar, con la finalidad de una correcta aplicación en el<br />
sistema laboral privado.<br />
2. CONCEPTUALIDAD APLICADA DEL CONTRATO A<br />
TIEMPO PARCIAL<br />
Los contratos a tiempo parcial son contratos muy<br />
utilizados en nuestro medio debido a que de acuerdo con<br />
l a te n d e n c i a f l ex i b i l i z a d o ra t i e n d e n a s e r m á s<br />
"económicos", teniendo en consideración los costos<br />
laborales de una empresa, en tanto que a los trabajadores<br />
a tiempo parcial se les ha negado ciertos beneficios<br />
sociales, dado que no cumplen con laborar la cantidad de<br />
horas mínimas que se exige para la percepción de dichos<br />
beneficios.<br />
Si bien es cierto que el artículo 77º del Decreto Supremo<br />
Nº 003-97-TR, señala que los contratos sujetos a<br />
m o d a l i d a d s e c o n s i d e r a r á n c o m o d e d u r a c i ó n<br />
indeterminada si se encuentran inmersos en alguna de<br />
las causales previstas como desnaturalización de los<br />
contratos, el Tribunal Constitucional ha dejado sentado,<br />
que si se demuestra tal desnaturalización se puede<br />
comprender dentro de los alcances de esta norma, a los<br />
contratos parciales; lo cual nos parece acertado, toda vez<br />
que pensar de forma distinta dejaría abierta la posibilidad<br />
de que se lleguen a perpetrar abusos en contra de los<br />
trabajadores, al utilizar esta infortunada redacción de la<br />
norma citada.<br />
Por lo tanto, si bien estos contratos son una modalidad<br />
utilizada por las empresas, con el objeto de abaratar<br />
costos, se debe tener en cuenta que si el trabajador<br />
llegase a demostrar en el proceso judicial que ha laborado<br />
un promedio de 4 horas diarias en la empresa,<br />
acreditando así la desnaturalización del contrato a<br />
tiempo parcial, la sanción será como se viene explicando,<br />
que se interprete dicha relación laboral como la de un<br />
contrato a tiempo indeterminado.<br />
Con lo expuesto no queremos decir, que no se pueda<br />
utilizar los Contratos a Tiempo Parcial, o que no tengan<br />
ninguna utilidad práctica, sino que estos contratos deben<br />
ser utilizados dentro de los parámetros que la Ley<br />
establece, puesto que de no hacerlo, implicaría ser<br />
pasibles de la sanción que dichos contratos sean<br />
entendidos como de duración indeterminada por<br />
desnaturalización del contrato.<br />
3. LOS BENEFICIOS LABORALES<br />
Entre los beneficios que presentan los contratos a tiempo<br />
parcial, cuya jornada diaria es menor a 4 horas, tenemos<br />
según lo establecido en el Artículo 11º del Reglamento de<br />
la Ley de Fomento del Empleo (Decreto Supremo Nº 001-<br />
96-TR) que "Los trabajadores contratados a tiempo<br />
parcial tienen derecho a los beneficios laborales, siempre<br />
que para su percepción no se exija el cumplimiento del<br />
requisito mínimo de cuatro horas diarias de labor"; es<br />
decir los contratos a tiempo parcial otorgan al Trabajador<br />
los siguientes Beneficios Laborales:<br />
3.1. Con beneficios<br />
a) Gratificación Ordinaria de Julio y Diciembre<br />
El Artículo 1º de la Ley Nº 27735 Ley que regula el<br />
otorgamiento de las Gratificaciones Ordinarias para los<br />
trabajadores del Régimen Laboral de la Actividad Privada,<br />
establece el derecho de los trabajadores sujetos a esté<br />
régimen a percibir dos gratificaciones en el año, una con<br />
motivo de Fiestas Patrias y otra con ocasión de la Navidad.<br />
30 | REVISTA INSTITUCIONAL | MAYO 2016