10.01.2020 Views

Excelencia Profesional Enero 2020

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

14 FISCAL<br />

EXCELENCIA PROFESIONAL<br />

De acuerdo a la misma fracción, si el resultado de este<br />

cálculo (expresado con la letra J) es cero o negativo, se permitirá<br />

la deducción de la totalidad de los intereses devengados<br />

a cargo del contribuyente. Por tanto tenemos que en el<br />

ejemplo 1, al generar un resultado negativo, todos los intereses<br />

serán deducibles. Sin embargo, en el ejemplo 2 si se<br />

determinan 5,500,000 de intereses no deducibles.<br />

Sin embargo, de acuerdo a la disposición, el monto de<br />

los intereses netos no deducibles podrá deducirse durante<br />

los diez ejercicios siguientes hasta agotarlo.<br />

Excepciones<br />

Para ciertos sectores que requieren de cantidades de financiamiento<br />

importante o su actividad se desarrolla en el sistema<br />

financiero, la disposición limitaría enormemente su<br />

curso normal de operación, por lo que se señalan las siguientes<br />

excepciones:<br />

• Esta fracción no será aplicable a los intereses que<br />

deriven de deudas contratadas para financiar obras<br />

de infraestructura pública, así como para financiar<br />

construcciones, incluyendo para la adquisición de<br />

terrenos donde se vayan a realizar las mismas, ubicados<br />

en territorio nacional; para financiar proyectos<br />

para la exploración, extracción, transporte,<br />

almacenamiento o distribución del petróleo y de<br />

los hidrocarburos sólidos, líquidos o gaseosos, así<br />

como para otros proyectos de la industria extractiva<br />

y para la generación, transmisión o almacenamiento<br />

de electricidad o agua.<br />

• Esta fracción tampoco será aplicable a los rendimientos<br />

de deuda pública.<br />

• Esta fracción no será aplicable a las empresas productivas<br />

del Estado, ni a los integrantes del sistema<br />

financiero en la realización de las operaciones propias<br />

de su objeto.<br />

Capitalización Insuficiente<br />

Es importante recalcar que la fracción XXVII sobre intereses<br />

provenientes de capitalización delgada o insuficiente sigue<br />

vigente. Brevemente, consiste en considerar no deducibles<br />

a los intereses que provengan de deudas con partes relacionadas<br />

residentes en el extranjero que excedan el triple del<br />

capital contable.<br />

Entonces, estando en presencia de intereses, habría que<br />

hacer los dos cálculos: el de capitalización insuficiente y el de<br />

esta nueva disposición. Si los intereses no deducibles de esta<br />

fracción XXXII exceden a los no deducibles de capitalización<br />

insuficiente, se aplica la no deducibilidad de la fracción<br />

XXXII y se vuelve inoperante la capitalización delgada. En<br />

caso contrario, entonces solo aplica la no deducibilidad de<br />

los intereses por capitalización insuficiente.<br />

Grupos de Sociedades<br />

La reforma establece que lo señalado en esta fracción podrá<br />

determinarse, en el caso de sociedades pertenecientes a un<br />

mismo grupo de forma consolidada en los términos que dispongan<br />

las reglas de carácter general que al efecto emita el<br />

Servicio de Administración Tributaria. Por tanto, habrá que<br />

esperar las reglas de la Resolución Miscelánea <strong>2020</strong> a este<br />

respecto, ya que la Ley le está dejando la regulación en este<br />

sentido al SAT.<br />

Ajuste Anual por Inflación<br />

De acuerdo al artículo 46 de la Ley de Impuesto sobre la Renta,<br />

no se considerarán como deudas para el cálculo del ajuste<br />

anual por inflación, ni las excesivas por capitalización insuficiente,<br />

ni las que generen intereses no deducibles de acuerdo<br />

con esta nueva fracción XXXII. Es decir, no se considerarán<br />

deudas las que generen partidas no deducibles por intereses.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!