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SALAde<br />
~~ Entrevista TOGAS<br />
quien ha laborado en aquellas, y ahora pleitea<br />
en los Juzgados de lo Social, no encuentra<br />
diferencias, ni formales, ni sustanciales, ni, si<br />
se quiere con cargas de profundidad.<br />
Todo esto me lo iba digiriendo camino del<br />
Juzgado de lo Social, donde había quedado<br />
con el magistrado Diego Alarcón para que me<br />
introdujera con el entrevistado para este<br />
número de la revista Sala deTogas.<br />
- ¿Tiene problemática la jurisdicción<br />
laboral?<br />
Desde mi punto de<br />
vista dos son los problemas<br />
que afectan a la<br />
jurisdicción laboral, uno<br />
de tipo genérico que perturba<br />
a toda la<br />
Administración de<br />
Justicia como es la lentitud<br />
en resolver las<br />
demandas que plantean<br />
los ciudadanos. Aunque<br />
en el ámbito de lo social<br />
el problema es menos<br />
acuciante que en otras<br />
jurisdicciones, porque<br />
existe un procedimiento<br />
muy ágil, que evita que se<br />
produzcan grandes retrasos,<br />
al menos hasta el<br />
momento de dictar sentencia,<br />
puesto que una<br />
vez repartidas las demandas<br />
al Juzgado correspondiente, este señala<br />
inmediatamente fecha para la celebración del<br />
acto del juicio con lo que no existen grandes<br />
dilaciones.<br />
Y otro mucho más específico, como es la<br />
gran variedad de normas aplicables a las diferentes<br />
cuestiones que puedan plantearse ante<br />
los Juzgados de lo Social, y los constantes<br />
cambios normativos que se producen todos los<br />
años no solo en la materia laboral sino sobre<br />
todo en lo relativo a la Seguridad Social, pues<br />
a pesar de existir un Texto Refundido de la Ley<br />
General de Seguridad Social del año 1994, en<br />
el mismo no se recopila toda la normativa aplicable<br />
a esta materia y además está sometido<br />
a constantes revisiones parciales.<br />
-¿Que perspectiva hay de lege ferenda?<br />
Actualmente y debido<br />
al reciente proceso electoral<br />
con el correspondiente<br />
cambio de partido<br />
político en el Gobierno,<br />
desconozco cuales son<br />
las intenciones del mismo<br />
acerca de reformas legislativas<br />
en el ámbito laboral<br />
o de Seguridad Social,<br />
pues aún no ha habido un<br />
pronunciamiento expreso<br />
sobre ninguna materia<br />
concreta, sino tan solo el<br />
nuevo Ministro ha manifestado<br />
que cualquier<br />
reforma se haría con el<br />
consenso de los diferentes<br />
agentE~s sociales,<br />
aunque por mi experiencia<br />
supongo que sí pueden<br />
producirse modificaciones<br />
en temas, como<br />
despidos, contratación temporal o prestaciones<br />
de Seguridad Social etc ..<br />
- ¿Es tuitiva la jurisdicción laboral?<br />
Si, puesto que en la jurisdicción laboral<br />
rige el principio "pro operario " que parte de la<br />
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