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SALAde<br />

~~ Entrevista TOGAS<br />

quien ha laborado en aquellas, y ahora pleitea<br />

en los Juzgados de lo Social, no encuentra<br />

diferencias, ni formales, ni sustanciales, ni, si<br />

se quiere con cargas de profundidad.<br />

Todo esto me lo iba digiriendo camino del<br />

Juzgado de lo Social, donde había quedado<br />

con el magistrado Diego Alarcón para que me<br />

introdujera con el entrevistado para este<br />

número de la revista Sala deTogas.<br />

- ¿Tiene problemática la jurisdicción<br />

laboral?<br />

Desde mi punto de<br />

vista dos son los problemas<br />

que afectan a la<br />

jurisdicción laboral, uno<br />

de tipo genérico que perturba<br />

a toda la<br />

Administración de<br />

Justicia como es la lentitud<br />

en resolver las<br />

demandas que plantean<br />

los ciudadanos. Aunque<br />

en el ámbito de lo social<br />

el problema es menos<br />

acuciante que en otras<br />

jurisdicciones, porque<br />

existe un procedimiento<br />

muy ágil, que evita que se<br />

produzcan grandes retrasos,<br />

al menos hasta el<br />

momento de dictar sentencia,<br />

puesto que una<br />

vez repartidas las demandas<br />

al Juzgado correspondiente, este señala<br />

inmediatamente fecha para la celebración del<br />

acto del juicio con lo que no existen grandes<br />

dilaciones.<br />

Y otro mucho más específico, como es la<br />

gran variedad de normas aplicables a las diferentes<br />

cuestiones que puedan plantearse ante<br />

los Juzgados de lo Social, y los constantes<br />

cambios normativos que se producen todos los<br />

años no solo en la materia laboral sino sobre<br />

todo en lo relativo a la Seguridad Social, pues<br />

a pesar de existir un Texto Refundido de la Ley<br />

General de Seguridad Social del año 1994, en<br />

el mismo no se recopila toda la normativa aplicable<br />

a esta materia y además está sometido<br />

a constantes revisiones parciales.<br />

-¿Que perspectiva hay de lege ferenda?<br />

Actualmente y debido<br />

al reciente proceso electoral<br />

con el correspondiente<br />

cambio de partido<br />

político en el Gobierno,<br />

desconozco cuales son<br />

las intenciones del mismo<br />

acerca de reformas legislativas<br />

en el ámbito laboral<br />

o de Seguridad Social,<br />

pues aún no ha habido un<br />

pronunciamiento expreso<br />

sobre ninguna materia<br />

concreta, sino tan solo el<br />

nuevo Ministro ha manifestado<br />

que cualquier<br />

reforma se haría con el<br />

consenso de los diferentes<br />

agentE~s sociales,<br />

aunque por mi experiencia<br />

supongo que sí pueden<br />

producirse modificaciones<br />

en temas, como<br />

despidos, contratación temporal o prestaciones<br />

de Seguridad Social etc ..<br />

- ¿Es tuitiva la jurisdicción laboral?<br />

Si, puesto que en la jurisdicción laboral<br />

rige el principio "pro operario " que parte de la<br />

' ....,<br />

O'><br />

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