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MANUAL DE INTELIGENCIA EMOCIONAL APLICADA A LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

20-01-15 Inteligencia emocional-revisada CROEM

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d) Accidentes laborales<br />

El estrés disminuye la atención y aumenta las preocupaciones y la fatiga. Los<br />

trabajadores bajo presión y/o estresados intentan hacer lo máximo posible con el mínimo<br />

esfuerzo: se preocupan menos de seguir los procedimientos seguros y de usar los equipos<br />

adecuados.<br />

The American Institute of Stress (2003) aporta que el estrés relacionado con las<br />

distracciones y/o adormecimientos se contabiliza como el responsable de entre el 60% y el<br />

80% del total de accidentes laborales.<br />

A partir de todos los datos anteriores que reflejan el fuerte impacto negativo que<br />

genera el estrés, tanto para la salud de los trabajadores, como para el funcionamiento de la<br />

organización, resulta imprescindible la implantación de medidas preventivas que minimicen las<br />

consecuencias de este creciente riesgo psicosocial.<br />

3.2. VIOLENCIA <strong>LA</strong>BORAL<br />

La violencia en el trabajo, en sus diferentes formas, suele considerarse como el<br />

segundo riesgo psicosocial en orden de importancia. La violencia es un marcador de nuestra<br />

sociedad occidental que se ha trasladado al marco laboral en el que ha ido aumentando en los<br />

últimos años (Chapelle y Di Martino, 2006). Sus consecuencias sobre la calidad de vida laboral<br />

son amplias y sus repercusiones sobre la salud del trabajador se extienden tanto a los aspectos<br />

físicos como a los mentales. Es también un riesgo laboral que ha ido teniendo cada vez mayor<br />

atención legal y de la jurisprudencia (Moreno-Jiménez y Báez, 2010).<br />

También se ha definido la violencia laboral como: “cualquier acción, todo incidente o<br />

comportamiento que no pueda considerarse una actitud razonable y con el cual se ataca,<br />

perjudica, degrada o hiere a una persona dentro del marco de su trabajo o debido<br />

directamente al mismo” (OIT, 2003).<br />

A nivel europeo, se firmó el “Acuerdo marco sobre el acoso y la violencia en el<br />

trabajo” (en España publicado en el Anexo IV de la Resolución de 21 de diciembre de 2007, de<br />

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