MANUAL DE INTELIGENCIA EMOCIONAL APLICADA A LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
20-01-15 Inteligencia emocional-revisada CROEM
20-01-15 Inteligencia emocional-revisada CROEM
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d) Accidentes laborales<br />
El estrés disminuye la atención y aumenta las preocupaciones y la fatiga. Los<br />
trabajadores bajo presión y/o estresados intentan hacer lo máximo posible con el mínimo<br />
esfuerzo: se preocupan menos de seguir los procedimientos seguros y de usar los equipos<br />
adecuados.<br />
The American Institute of Stress (2003) aporta que el estrés relacionado con las<br />
distracciones y/o adormecimientos se contabiliza como el responsable de entre el 60% y el<br />
80% del total de accidentes laborales.<br />
A partir de todos los datos anteriores que reflejan el fuerte impacto negativo que<br />
genera el estrés, tanto para la salud de los trabajadores, como para el funcionamiento de la<br />
organización, resulta imprescindible la implantación de medidas preventivas que minimicen las<br />
consecuencias de este creciente riesgo psicosocial.<br />
3.2. VIOLENCIA <strong>LA</strong>BORAL<br />
La violencia en el trabajo, en sus diferentes formas, suele considerarse como el<br />
segundo riesgo psicosocial en orden de importancia. La violencia es un marcador de nuestra<br />
sociedad occidental que se ha trasladado al marco laboral en el que ha ido aumentando en los<br />
últimos años (Chapelle y Di Martino, 2006). Sus consecuencias sobre la calidad de vida laboral<br />
son amplias y sus repercusiones sobre la salud del trabajador se extienden tanto a los aspectos<br />
físicos como a los mentales. Es también un riesgo laboral que ha ido teniendo cada vez mayor<br />
atención legal y de la jurisprudencia (Moreno-Jiménez y Báez, 2010).<br />
También se ha definido la violencia laboral como: “cualquier acción, todo incidente o<br />
comportamiento que no pueda considerarse una actitud razonable y con el cual se ataca,<br />
perjudica, degrada o hiere a una persona dentro del marco de su trabajo o debido<br />
directamente al mismo” (OIT, 2003).<br />
A nivel europeo, se firmó el “Acuerdo marco sobre el acoso y la violencia en el<br />
trabajo” (en España publicado en el Anexo IV de la Resolución de 21 de diciembre de 2007, de<br />
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