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MANUAL DE INTELIGENCIA EMOCIONAL APLICADA A LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

20-01-15 Inteligencia emocional-revisada CROEM

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El acoso laboral presenta la peculiaridad de que no ocurre exclusivamente por causas<br />

directamente relacionadas con el desempeño del trabajo o con su organización, sino que tiene<br />

su origen en las relaciones interpersonales que se establecen entre los distintos trabajadores<br />

de cualquier empresa (Camps, Martín, Pérez-García y López-García, 1996). Consiste<br />

básicamente en un conflicto relacional en el que la víctima es sujeto de conductas hostiles por<br />

parte de una o más personas durante un tiempo prolongado y de forma sistemática, lo que<br />

conlleva un proceso de estigmatización.<br />

Einarsen y colaboradores (2003) después de realizar una revisión, han señalado que los<br />

elementos característicos del mobbing son los siguientes:<br />

­ Se trata de un proceso de conductas no ocasionales, sino repetidas y<br />

prologadas en el tiempo.<br />

­ Las conductas son consideradas negativas y hostiles, con un amplio rango que<br />

va desde las críticas al trabajo a calumnias.<br />

­ Las conductas provocan en las víctimas consecuencias diferentes, según la fase<br />

del proceso en que se encuentre.<br />

­ El acosador tiene una intencionalidad de carácter instrumental (para alcanzar<br />

un objetivo) o de carácter finalista (para destruir a la víctima).<br />

­ Hay desequilibrio de poder entre las partes enfrentadas, o al menos la víctima<br />

no dispone de los recursos necesarios para hacer frente.<br />

La bases legales que marcan la ilegalidad de determinadas conductas laborales están<br />

recogidas tanto en la Constitución Española, en su artículo 10 que garantiza el mantenimiento<br />

de la dignidad en cualquier situación y en el artículo 14 que garantiza el derecho a la igualdad,<br />

como en el Estatuto de los trabajadores en su texto refundido de 1995 artículo 4. 2. que<br />

garantiza la no discriminación, la dignidad en el trabajo y el respeto a la intimidad.<br />

3.3.1. Impacto del acoso laboral.<br />

En el ámbito internacional, Leymann (1990) estima que en EE.UU el coste estimado<br />

para una empresa por víctima/año de mobbing oscila entre 30.000 y 100.000 dólares.<br />

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