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SUBSISTEMA DE EDUCACIÓN ALTERNATIVA Y ESPECIAL

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esolución ministerial Nº 001 / 2016<br />

para los mismos en la Resolución Administrativa ME/VEAyE Nº<br />

001/2014 de 28 de abril de 2014.<br />

Artículo 39. (Certificación de competencias laborales y/o<br />

productivas). I. Los procesos de Certificación de Competencias<br />

seguirán procedimientos establecidos por el Sistema Plurinacional de<br />

Certificación de Competencias - SPCC que identificará las necesidades<br />

de formación complementaria de las y los trabajadores o productores,<br />

y en sectores estratégicos de las regiones coordinará acciones con el<br />

ámbito de la Educación Alternativa, Alfabetización, Post-alfabetización<br />

y Educación Especial para facilitar la transitabilidad y certificación de<br />

su formación en el Subsistema de Educación Alternativa y Especial.<br />

II. El Sistema Plurinacional de Certificación de Competencias<br />

coordinará acciones con los ámbitos de Educación Alternativa,<br />

Educación Especial, Alfabetización y Post-alfabetización para:<br />

desarrollar procesos de certificación, capacitación y formación<br />

complementaria en las diferentes ocupaciones que certifica, previo<br />

análisis y elaboración de propuestas de políticas de educación<br />

productiva para articular en las regiones procesos de formación<br />

vinculadas a sus vocaciones y potencialidades productivas.<br />

III. El Sistema Plurinacional de Certificación de Competencias es<br />

la única instancia que desarrolla procesos de certificación de<br />

competencias laborales y/o productivas con carácter gratuito a<br />

nivel nacional.<br />

CAPÍTULO III<br />

GESTIÓN ADMINISTRATIVA E INSTITUCIONAL.<br />

SECCIÓN I<br />

ASPECTOS INSTITUCIONALES<br />

Artículo 40. (Coordinación). I. Las autoridades de Educación<br />

Alternativa y Especial, en el ámbito de su jurisdicción, coordinarán<br />

sus actividades con las gobernaciones, municipios, organizaciones<br />

sociales, comunitarias y productivas, autoridades originarias y medios<br />

de comunicación social.<br />

II. La coordinación de actividades con Organizaciones no<br />

Gubernamentales, Fundaciones y otras instituciones que trabajan<br />

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