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100<br />

10<br />

social, político y jurídico que se ha producido<br />

durante los últimos tiempos.<br />

Respecto a los requisitos del ejercicio<br />

profesional en clínica de pequeños animales,<br />

también existen novedades. La más<br />

importante ha sido la del Reglamento para<br />

el ejercicio profesional en clínica de pequeños<br />

animales, en vigor desde el 1 de mayo<br />

de 2004. Esta normativa exige como presupuestos<br />

básicos para ejercitar la profesión<br />

en este ámbito el estar colegiado, y formular<br />

escrito al Colegio, con anterioridad al inicio<br />

de la actividad, solicitando la inscripción<br />

en el Registro de Centros y Profesionales<br />

Veterinarios para el ejercicio de la clínica<br />

(creado en cada Colegio). Por otro lado, se<br />

requiere el cumplimiento de unos requisitos<br />

especiales, que deberán aportarse documentalmente<br />

con el escrito presentado al<br />

Colegio, en función de la modalidad de la<br />

actividad realizada por el veterinario:<br />

Es preciso que los propietarios de perros,<br />

gatos y hurones cuenten con un pasaporte<br />

europeo para sus desplazamientos entre países<br />

de la Unión Europea, al igual que para su<br />

entrada en su territorio desde terceros países.<br />

De julio-agosto 2004<br />

a enero-febrero 2005<br />

años contigo<br />

▼<br />

a) en el domicilio del cliente, o donde<br />

éste determine, sobre animales propiedad<br />

del cliente;<br />

b) en el consultorio, la clínica o el hospital<br />

veterinario por parte del propietario<br />

del centro, que habrá de ser veterinario;<br />

c) en el consultorio, la clínica o el hospital<br />

veterinario, bajo la dependencia de<br />

su propietario;<br />

d) como responsable de criaderos, tiendas<br />

de animales o núcleos zoológicos respecto<br />

a los animales de estos centros.<br />

También la nueva Ley 2/2007, de 15 de<br />

marzo, de Sociedades Profesionales ha<br />

modificado el escenario jurídico, en relación<br />

a esta forma jurídica que debe adoptarse<br />

para el ejercicio en común de una<br />

actividad profesional. La Ley establece la<br />

Protección de los trabajadores<br />

También hay que mencionar las normas aprobadas en la última década con<br />

objeto de dotar de mayor protección a los trabajadores, que actualizan las regulaciones<br />

sobre seguridad y salud en el trabajo ante situaciones nuevas y adoptan<br />

medidas preventivas. De esta manera, en este ámbito, se da respuesta a los<br />

potenciales riesgos a los que se enfrenta el personal de las clínicas veterinarias<br />

(derivados, por ejemplo, de la esterilización de materiales, de explosiones de sustancias<br />

inflamables o de la inhalación de gases anestésicos).<br />

En consonancia con los principios de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención<br />

de Riesgos Laborales; la Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del<br />

marco normativo de la Prevención de Riesgos Laborales; y de las diversas Directivas<br />

de la Unión Europea sobre seguridad y salud laboral se han aprobado Reglamentos<br />

laborales, en determinados ámbitos generales, por ejemplo, sobre señalización<br />

de seguridad y salud en el trabajo (RD 485/1997, de 23 de abril), servicios<br />

de prevención (RD 39/1997, de 17 de enero), o acerca de los requisitos mínimos de<br />

los que se han de dotar los lugares de trabajo (RD 486/1997, de 14 de abril).<br />

También ha entrado en vigor legislación sobre seguridad en el trabajo en ámbitos<br />

concretos, como el Real Decreto 374/2001, de 6 de abril, de protección de la<br />

salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los<br />

agentes químicos durante el trabajo (que afecta a los gases anestésicos de los<br />

quirófanos); el Real Decreto 952/1997, de 20 de junio, por el que se modifica el<br />

Reglamento para la ejecución de la Ley Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos<br />

(aplicable a la producción de residuos peligrosos por parte de las clínicas veterinarias);<br />

o el Real Decreto 783/2001, de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento<br />

sobre protección sanitaria contra radiaciones ionizantes (para toda instalación<br />

de radiodiagnóstico).<br />

obligación de una doble inscripción de<br />

estas sociedades profesionales: en el<br />

Registro Mercantil y en el Registro de<br />

Sociedades Profesionales del Colegio<br />

Veterinario correspondiente. Una de las<br />

novedades de esta Ley es que responderán<br />

solidariamente la sociedad y los profesionales,<br />

socios o no, respecto a las deudas<br />

que se deriven de los actos realizados<br />

en el ejercicio de la actividad profesional<br />

(en este caso, los actos u actuaciones<br />

veterinarias). Por lo tanto, un acreedor<br />

puede exigir el importe total de la deuda<br />

tanto a la sociedad como a los profesionales<br />

que la componen y que hayan efectuado<br />

la actuación veterinaria. Sin embargo,<br />

en el ámbito puramente contractual<br />

por incumplimiento de la prestación del<br />

servicio veterinario (como puede ser precios,<br />

plazos o condiciones especiales) rige<br />

un criterio de responsabilidad de la sociedad<br />

profesional contratante y una responsabilidad<br />

subsidiaria de los socios, sean o<br />

no profesionales veterinarios.<br />

De otro lado, el régimen disciplinario,<br />

establecido en los Códigos Deontológicos<br />

y Estatutos Colegiales Veterinarios, será<br />

aplicable tanto a la sociedad profesional<br />

como a aquellos que actúan en su seno,<br />

sean éstos socios, empleados o arrendatarios<br />

de servicios. De esta manera, tanto la<br />

sociedad como los socios profesionales<br />

podrán ser sancionados disciplinariamente.<br />

calidad, seguridad y eficacia para la salvaguardia<br />

de la salud y el bienestar de los<br />

animales, así como de la salud pública.<br />

Del mismo modo, se incorpora como<br />

regla general la exigencia de prescripción<br />

veterinaria previa a la dispensación de<br />

medicamentos destinados a los animales<br />

productores de alimentos y se regula el<br />

sistema español de farmacovigilancia<br />

veterinaria.<br />

Al hilo de estas novedades legislativas,<br />

supone un avance, en lo que se refiere a<br />

las relaciones entre los animales y los<br />

La nueva coyuntura social en torno al bienestar<br />

de los animales se refleja en el cambio normativo<br />

que, durante la última década, afecta al derecho penal<br />

y administrativo, especialmente en lo relacionado al<br />

respeto, defensa y protección de los animales de compañía.<br />

La nueva regulación para el medicamento<br />

veterinario también repercute en<br />

este ámbito. Son dos las ideas principales<br />

en torno a la Ley 29/2006, de 26 de julio,<br />

de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos<br />

y Productos Sanitarios: la<br />

ampliación y reforzamiento de un sistema<br />

de garantías referidas a la autorización del<br />

medicamento y la promoción del uso<br />

racional del mismo. Por primera vez, se<br />

establecen específicamente los aspectos<br />

fundamentales de los medicamentos veterinarios,<br />

acogiendo una concepción de<br />

estos fármacos alejada de la consideración<br />

de medicamentos especiales. De esta<br />

manera, los medicamentos veterinarios se<br />

equiparan en su regulación y exigencias a<br />

los de uso humano. Los citados fármacos<br />

han de cumplir las garantías generales de<br />

La Libertad dijo un día a la Ley: "Tú me estorbas". La Ley respondió a la Libertad: "Yo te guardo".<br />

60 61<br />

62 63 64 65<br />

humanos, la Ley 8/2003, de 24 de abril, de<br />

Sanidad Animal, al regular las normas<br />

básicas para el ordenamiento sanitario de<br />

los animales y sus productos. Se establecen<br />

así, desde las condiciones sanitarias<br />

de las explotaciones hasta los controles e<br />

inspecciones que se deberán efectuar<br />

para evitar la propagación de epizootias.<br />

Novedades legislativas sobre<br />

protección animal<br />

La nueva coyuntura social en torno al<br />

bienestar de los animales se refleja en el<br />

cambio normativo que, durante la última<br />

década, afecta al derecho penal y administrativo,<br />

especialmente en lo relacionado<br />

al respeto, defensa y protección de los<br />

animales de compañía.<br />

Pitágoras

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