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EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES EN 2009

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El Impuesto sobre Sociedades en <strong>2009</strong><br />

siempre que la contratación se hubiera realizado con carácter indefinido y a jornada<br />

completa (artículo 41 del TRLIS).<br />

c) El 45% de los gastos realizados durante el periodo impositivo en actividades de<br />

investigación y desarrollo (I+D), siempre que se cumplieran determinados requisitos<br />

(artículo 35.1 del TRLIS). Cuando los gastos efectuados por este concepto en el<br />

periodo impositivo hubiesen sido mayores que la media de los efectuados en los dos<br />

años anteriores, se aplicaba el 45% hasta dicha media y el 75,6% sobre el exceso<br />

respecto de la misma. Además, se establecía una deducción adicional del 37% del<br />

importe de los gastos de personal de la entidad correspondiente a investigadores<br />

cualificados adscritos en exclusiva a actividades de I+D. Se establecía también una<br />

deducción del 28% de las inversiones en elementos de inmovilizado material e<br />

inmaterial, excluidos los inmuebles y terrenos, siempre que estuvieran afectos<br />

exclusivamente a las actividades de I+D (los coeficientes de esta deducción no<br />

experimentaron cambio alguno en <strong>2009</strong> respecto al ejercicio anterior).<br />

d) El 28% de los gastos en proyectos de innovación tecnológica realizados por el sujeto<br />

pasivo (mismo coeficiente que en 2008), del importe de las inversiones realizadas en<br />

actividades que se relacionan en el artículo 35.2 del TRLIS.<br />

e) El 26% (el 29% en 2008) de las inversiones y gastos del periodo realizados por las<br />

entidades acogidas al régimen especial de las ERD que estuvieran relacionados con la<br />

mejora de la capacidad de acceso y manejo de información de transacciones<br />

comerciales a través de Internet, así como con la mejora de sus procesos internos<br />

mediante el uso de las TIC. (artículo 36 del TRLIS). Esta deducción se suprimió en<br />

2011.<br />

f) El 24% (el 26% en 2008) del importe de las inversiones realizadas en sistemas de<br />

navegación y localización de vehículos vía satélite que se incorporasen a vehículos<br />

industriales o comerciales de transporte por carretera (sistemas GPS), así como por las<br />

inversiones en plataformas de acceso para personas discapacitadas o en anclajes de<br />

fijación de sillas de ruedas que se incorporaran a vehículos de transporte público de<br />

Dirección General de Tributos - S.G. Política Tributaria Pág. 179

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