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CATECISMO CATOLICO (pdf) - Arquidiócesis de San José

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1645 "La unidad <strong>de</strong>l matrimonio aparece ampliamente confirmada por la igual dignidad<br />

personal que hay que reconocer a la mujer y el varón en el mutuo y pleno amor" (GS 49,2).<br />

La poligamia es contraria a esta igual dignidad <strong>de</strong> uno y otro y al amor conyugal que es único<br />

y exclusivo.<br />

La fi<strong>de</strong>lidad <strong>de</strong>l amor conyugal<br />

1646 El amor conyugal exige <strong>de</strong> los esposos, por su misma naturaleza, una fi<strong>de</strong>lidad<br />

inviolable. Esto es consecuencia <strong>de</strong>l don <strong>de</strong> sí mismos que se hacen mutuamente los esposos.<br />

El auténtico amor tien<strong>de</strong> por sí mismo a ser algo <strong>de</strong>finitivo, no algo pasajero. "Esta íntima<br />

unión, en cuanto donación mutua <strong>de</strong> dos personas, como el bien <strong>de</strong> los hijos exigen la<br />

fi<strong>de</strong>lidad <strong>de</strong> los cónyuges y urgen su indisoluble unidad" (GS 48,1).<br />

1647 Su motivo más profundo consiste en la fi<strong>de</strong>lidad <strong>de</strong> Dios a su alianza, <strong>de</strong> Cristo a su<br />

Iglesia. Por el sacramento <strong>de</strong>l matrimonio los esposos son capacitados para representar y<br />

testimoniar esta fi<strong>de</strong>lidad. Por el sacramento, la indisolubilidad <strong>de</strong>l matrimonio adquiere un<br />

sentido nuevo y más profundo.<br />

1648 Pue<strong>de</strong> parecer difícil, incluso imposible, atarse para toda la vida a un ser humano. Por<br />

ello es tanto más importante anunciar la buena nueva <strong>de</strong> que Dios nos ama con un amor<br />

<strong>de</strong>finitivo e irrevocable, <strong>de</strong> que los esposos participan <strong>de</strong> este amor, que les conforta y<br />

mantiene, y <strong>de</strong> que por su fi<strong>de</strong>lidad se convierten en testigos <strong>de</strong>l amor fiel <strong>de</strong> Dios. Los<br />

esposos que, con la gracia <strong>de</strong> Dios, dan este testimonio, con frecuencia en condiciones muy<br />

difíciles, merecen la gratitud y el apoyo <strong>de</strong> la comunidad eclesial (cf FC 20).<br />

1649 Existen, sin embargo, situaciones en que la convivencia matrimonial se hace<br />

prácticamente imposible por razones muy diversas. En tales casos, la Iglesia admite la<br />

separación física <strong>de</strong> los esposos y el fin <strong>de</strong> la cohabitación. Los esposos no cesan <strong>de</strong> ser<br />

marido y mujer <strong>de</strong>lante <strong>de</strong> Dios; ni son libres para contraer una nueva unión. En esta situación<br />

difícil, la mejor solución sería, si es posible, la reconciliación. La comunidad cristiana está<br />

llamada a ayudar a estas personas a vivir cristianamente su situación en la fi<strong>de</strong>lidad al vínculo<br />

<strong>de</strong> su matrimonio que permanece indisoluble (cf FC; 83; CIC, can. 1151-1155).<br />

1650 Hoy son numerosos en muchos países los católicos que recurren al divorcio según las<br />

leyes civiles y que contraen también civilmente una nueva unión. La Iglesia mantiene, por<br />

fi<strong>de</strong>lidad a la palabra <strong>de</strong> Jesucristo ("Quien repudie a su mujer y se case con otra, comete<br />

adulterio contra aquella; y si ella repudia a su marido y se casa con otro, comete adulterio":<br />

Mc 10,11-12), que no pue<strong>de</strong> reconocer como válida esta nueva unión, si era válido el primer<br />

matrimonio. Si los divorciados se vuelven a casar civilmente, se ponen en una situación que<br />

contradice objetivamente a la ley <strong>de</strong> Dios. Por lo cual no pue<strong>de</strong>n acce<strong>de</strong>r a la comunión<br />

eucarística mientras persista esta situación, y por la misma razón no pue<strong>de</strong>n ejercer ciertas<br />

responsabilida<strong>de</strong>s eclesiales. La reconciliación mediante el sacramento <strong>de</strong> la penitencia no<br />

pue<strong>de</strong> ser concedida más que aquellos que se arrepientan <strong>de</strong> haber violado el signo <strong>de</strong> la<br />

Alianza y <strong>de</strong> la fi<strong>de</strong>lidad a Cristo y que se comprometan a vivir en total continencia.<br />

1651 Respecto a los cristianos que viven en esta situación y que con frecuencia conservan la<br />

fe y <strong>de</strong>sean educar cristianamente a sus hijos, los sacerdotes y toda la comunidad <strong>de</strong>ben dar<br />

prueba <strong>de</strong> una atenta solicitud, a fin <strong>de</strong> aquellos no se consi<strong>de</strong>ren como separados <strong>de</strong> la<br />

Iglesia, <strong>de</strong> cuya vida pue<strong>de</strong>n y <strong>de</strong>ben participar en cuanto bautizados:<br />

Se les exhorte a escuchar la Palabra <strong>de</strong> Dios, a frecuentar el sacrificio <strong>de</strong> la misa, a<br />

perseverar en la oración, a incrementar las obras <strong>de</strong> caridad y las iniciativas <strong>de</strong> la comunidad

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