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Informe Pericial

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<strong>Pericial</strong> sociológico-politológico / 11<br />

a) Un movimiento social concreto puede, desde la perspectiva del analista, ser<br />

considerada como parte de un complejo de acción o de reivindicación más<br />

amplio. Desde esta perspectiva, el analista puede, desde fuera del<br />

movimiento, plantear como hipótesis la pertenencia de un movimiento o de una<br />

organización social en concreto a una red más amplia de reivindicaciones,<br />

acciones o fines.<br />

b) Pero lo que no puede hacer el analista es confundir esta perspectiva ad extra<br />

con lo que el movimiento o la organización piensan y dicen de sí mismos. No<br />

cabe la pertenencia implícita o inconsciente. No cabe adjudicar desde fuera<br />

identidades, objetivos o fines que el propio movimiento no afirma como suyos.<br />

Ni caben, como se sostiene en las conclusiones definitivas del Servicio<br />

de Información de la Comandancia de la Guardia Civil de San Sebastián<br />

respecto de la Fundación Joxemi Zumalabe, “vinculaciones genéricas” de<br />

una organización social concreta con un entramado movimentista más<br />

amplio.<br />

Cualquier afirmación de este tipo sólo puede ser, en el mejor de los casos, una<br />

hipótesis de trabajo que habrá de ser sometida a un riguroso proceso de<br />

verificación mediante la aplicación de las reglas del método científico. Y no hay<br />

que olvidar que, como hemos señalado al principio de estas páginas, un<br />

elemento imprescindible para la verificación (o no) de este tipo de hipótesis es la<br />

interpretación que los propios actores sociales hacen, explícitamente, de su<br />

naturaleza y su práctica social, sin que pueda aceptarse, como punto de partida,<br />

la imposición desde fuera de cualquier otra interpretación.<br />

4.2. En cuanto a la acción de los movimientos sociales en un<br />

sistema político democrático<br />

Cuando hablamos de movimientos sociales o movimientos populares estamos<br />

hablando de un tipo específico de acción colectiva que se caracteriza<br />

precisamente por problematizar y cuestionar normas, valores y pautas de<br />

actuación vigentes en la sociedad y en el sistema político, expresando disidencia<br />

y conflicto respecto a esos valores y pautas establecidos. En muchos casos esa<br />

disidencia se lleva hasta el punto de desafiar la legitimidad del orden<br />

establecido, ya que definen unos objetivos que van más allá de lo contemplado<br />

en el orden jurídico (históricamente, el caso de las luchas por el derecho a voto<br />

de las mujeres en el movimiento sufragista o, más recientemente, la insumisión<br />

al servicio militar obligatorio). Tal y como puede apreciarse en ambos ejemplos,<br />

el derecho a voto de las mujeres es ya una realidad y también la abolición del<br />

servicio militar obligatorio, de forma que en las democracias occidentales la<br />

pluralidad ideológica y la disidencia política expresada con reivindicaciones que<br />

van más allá de lo recogido en el marco juridico-político vigente, es considerado<br />

un síntoma de vitalidad democrática y dinamismo político.<br />

Por todo ello, aseverar, como lo hace el informe pericial policial, que “el<br />

mero enfrentamiento al estado.... les asimila, acerca e integra en el<br />

MLNV y en ETA”, es algo totalmente fuera de lugar cuando estamos<br />

hablando de la forma de acción colectiva denominada movimientos<br />

sociales.

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