AGUAYO QUEZADA SERGIO - Sergio Aguayo
AGUAYO QUEZADA SERGIO - Sergio Aguayo
AGUAYO QUEZADA SERGIO - Sergio Aguayo
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
4.- Carta dirigida a Joaquín Estefanía, Director de la Escuela de Periodismo de “El País”, de<br />
fecha 31 de agosto de 2004, escrita por Guillermo Ibarra Ramírez, en su calidad de<br />
Coordinador General de Comunicación y Proyectos de la Comisión Nacional de los<br />
Derechos Humanos (hecho 139, anexo 44). Documento en el que su autor, haciendo<br />
mención tácita de la parte demandada, como compañero de actividades en Alianza Cívica<br />
del señor <strong>Sergio</strong> <strong>Aguayo</strong> Quezada, afirma que la parte actora ha desarrollado vínculos<br />
ocultos y poco transparentes con la Fundación Nacional para la Democracia, a la que<br />
considera ha sido utilizada por el gobierno de Estados Unidos de América para<br />
desestabilizar gobiernos constituidos que no son de su agrado y para financiar otras<br />
acciones muy poco cívicas.<br />
Lo anterior se ha acreditado suficientemente con los siguientes medios de convicción<br />
ofrecidos y desahogados oportunamente:<br />
La DOCUMENTAL PRIVADA, consistente en la carta a que se hace referencia en este<br />
numeral, exhibida en su oportunidad, como anexo 44 del escrito inicial de demanda.<br />
La DOCUMENTAL PRIVADA, consistente en la carta dirigida a Alejandro Junco de la<br />
Vega, director general del diario Reforma, suscrita por Guillermo Ibarra Ramírez, en su<br />
calidad de Coordinador General de Comunicación y Proyectos de la Comisión Nacional de<br />
los Derechos Humanos, exhibida en su oportunidad como prueba superveniente y en la que<br />
reconoce la autoría de la carta a que se hace referencia en este numeral y que fue presentada<br />
como anexo 44 al escrito inicial de demanda.<br />
5.- Artículo escrito por Manú Dornbierer, aparecido en el periódico “Diario Monitor”, del<br />
13 de noviembre de 2004, bajo el título “Los videos y los amigos de Marta” (hecho151,<br />
anexo 18), en el que la autora afirma que el señor <strong>Sergio</strong> <strong>Aguayo</strong> Quezada recibe fondos<br />
del Departamento de Estado de los Estados Unidos de América.<br />
Lo anterior se ha acreditado suficientemente con los siguientes medios de convicción<br />
ofrecidos y desahogados oportunamente:<br />
La DOCUMENTAL PÚBLICA, consistente en la publicación a que se hace referencia en<br />
este numeral, exhibida en su oportunidad, como anexo 18 del escrito inicial de demanda.<br />
Prueba que, con fundamento en el artículo 403 en relación con el 402 del Código de<br />
Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, goza de valor probatorio pleno, que al no<br />
dárselo el juzgador, se aprecia la infracción de las disposiciones legales invocadas en este<br />
agravio.<br />
6.- Libro escrito por Earl Shorris, bajo el título “The Life and Times of Mexico”, editado<br />
por la W. W. Norton & Company, en 2004 (hecho 157, anexo 48), en el que el autor,<br />
haciendo mención expresa de la parte demandada, el señor Primitivo Rodríguez Oceguera,<br />
y de algunos de sus artículos y cartas publicados con anterioridad, y reconociendo que fue<br />
la parte demandada el que le proporcionó parte de la información, afirma que los Estados<br />
Unidos de América invirtieron en el trabajo del señor <strong>Sergio</strong> <strong>Aguayo</strong> Quezada por la<br />
democracia realizado dentro de Alianza Cívica, a través de la Fundación Nacional para la<br />
Democracia (NED, por sus siglas en inglés), institución a la que considera un brazo del<br />
gobierno estadounidense estrechamente vinculado con la Agencia Central de Inteligencia<br />
de ese país (CIA, por sus siglas en inglés). Asimismo, el autor se refiere al Partido México<br />
Posible, en el que la parte actora participó, como instrumento de la Fundación Nacional<br />
para la Democracia (NED, por sus siglas en inglés), con el fin de que el gobierno<br />
estadounidense pudiese cortejar a catedráticos universitarios y a profesionistas mexicanos,<br />
a través del señor <strong>Sergio</strong> <strong>Aguayo</strong> Quezada.<br />
Lo anterior se ha acreditado suficientemente con los siguientes medios de convicción<br />
ofrecidos y desahogados oportunamente:<br />
La DOCUMENTAL PÚBLICA, consistente en la publicación a que se hace referencia en<br />
este numeral, exhibida en su oportunidad, como anexo 48 del escrito inicial de demanda.<br />
Prueba que, con fundamento en el artículo 403 en relación con el 402 del Código de<br />
Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, goza de valor probatorio pleno, que al no<br />
dárselo el juzgador, se aprecia la infracción de las disposiciones legales invocadas en este<br />
agravio.<br />
50