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auxiliar de éste, procede a ubicar el envío y si se encuentra acomodado en un lugar<br />
accesible para realizar la inspección o tratamiento, autoriza el ingreso del Inspector de<br />
Cuarentena. De lo contrario es movilizado dentro de la bodega a un área donde pueda ser<br />
inspeccionado y puede aplicarse el tratamiento (cuando corresponda).<br />
La inspección debe hacerse en presencia del encargado de bodega o por su delegado y en<br />
algunas ocasiones puede hacerse acompañar con el jefe de grupo SITC o auxiliar delegado<br />
por éste, quien es el responsable de la aplicación del tratamiento.<br />
Cuando se detecte la presencia de una plaga en cualquiera de las bodegas, deben tomarse<br />
siempre las medidas de seguridad para el traslado de muestras al Laboratorio de<br />
Prediagnóstico ubicado en la Estación de Cuarentena Agropecuaria o al Laboratorio de<br />
Referencia para el análisis y diagnóstico. Así mismo, debe llenar la boleta de Registro de<br />
Retención y la Orden de Tratamiento . Posteriormente aplicar el tratamiento para evitar la<br />
dispersión de la plaga dentro de los demás artículos almacenados dentro de la bodega.<br />
Si la plaga detectada es de importancia, se procede a llenar el Acta de Destrucción en la cual<br />
debe consignar el nombre, cargo y firma de los que estuvieron presentes y que dan fe de su<br />
destrucción. Es importante que siempre que se proceda a la eliminación, debe estar presente<br />
el Jefe de Grupo SITC o un delegado por éste. Los costos por concepto de eliminación<br />
deben ser cubiertos por el importador o interesado.<br />
Si están vencidos, presentan señales de descomposición o está prohibida su<br />
comercialización en el país, deben ser detenidos y debe llenar el Acta de Destrucción en la<br />
cual debe consignar el nombre, cargo y firma de los que estuvieron presentas y que dan fe<br />
de su destrucción.<br />
II.8 PROCEDIMIENTO PARA LA INSPECCIÓN DE LA CARGA TRANSPORTADA Y EL<br />
EMBALAJE<br />
Objetivos<br />
a. Detectar en la carga transportada y el embalaje, la existencia de animales, plantas,<br />
productos y subproductos de origen vegetal/animal que tienen la capacidad de<br />
trasladar plagas agrícolas y de otros materiales que incumplan disposiciones legales<br />
y/o reglamentaciones sanitarias y fitosanitarias.<br />
b. Determinar la presencia de plagas/enfermedades cuarentenarias o enfermedades<br />
que obstaculicen el comercio.<br />
c. Anticipar la ejecución de otras opciones de manejo para mejorar adecuadamente<br />
situaciones de riesgo.<br />
Disposiciones operativas<br />
a. La inspección de una aeronave comprende o se inicia con la revisión de los<br />
documentos, la observación visual de sus compartimentos, las mercancías y los<br />
empaques.<br />
b. La inspección abarca todos los compartimentos de la aeronave (utilizados para el<br />
traslado de carga, correo, paquetes postales, personas y equipaje) que puedan<br />
contener o albergar plagas; los empaques y materiales de acondicionamiento de<br />
mercancías, las bodegas e instalaciones aeroportuarias utilizadas para depositar<br />
mercancías de procedencia foránea y las basuras o desechos.<br />
c. Los Inspectores de Cuarentena en los puntos de entrada deben mantener una<br />
vigilancia sistemática y permanente sobre el ingreso de aeronaves, atendiendo las<br />
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