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Descargar - oirsa

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Ingreso con retención: Cuando un determinado producto queda detenido en almacenes o<br />

recintos fiscales, no podrá ser desalmacenado, utilizado, consumido, comercializado o<br />

transferido hasta completar los requisitos correspondientes de importación, lo cual será<br />

consignada en un Acta de Retención.<br />

A continuación se propone el procedimiento recomendado:<br />

RESPONSABLE PASO ACTIVIDAD<br />

Jefe de Estación 1 Establece las estrategias y metodologías específicas para la<br />

inspección de las aeronaves que ingresen por la Estación a su<br />

cargo y asigna el personal para la ejecución de este<br />

procedimiento.<br />

2 Revisa la documentación de la carga de la aeronave, de sus<br />

tripulantes y pasajeros para evaluar el nivel de riesgo sanitario<br />

y fitosanitario.<br />

3 Inspecciona los compartimentos de la aeronave que arriben al<br />

país con atención especialmente de los que puedan contener<br />

animales, plantas, productos y subproductos de origen<br />

vegetal/animal que las puedan albergar.<br />

4 Inspecciona los paquetes postales, servicio courier, almacenes<br />

Inspector de<br />

Cuarentena<br />

Jefe de Estación<br />

Inspector de<br />

Cuarentena<br />

fiscales etc.<br />

5 De acuerdo al resultado de la inspección resuelve:<br />

a. Si no encuentra animales, vegetales, productos y<br />

subproductos de origen vegetal/animal sujetos a<br />

reglamentación sanitaria y fitosanitaria libera la carga y<br />

la aeronave.<br />

b. Si encuentra animales, vegetales, productos y<br />

subproductos de origen vegetal/animal sujetos a<br />

reglamentación sanitaria y fitosanitaria, los detiene<br />

para someterlos al cumplimiento de las medidas<br />

respectivas.<br />

c. Si detecta la existencia de plagas, procede a la<br />

retención de la carga y a la determinación de la plaga<br />

para decidir la aplicación de las opciones de manejo<br />

subsecuentes.<br />

6 Informa al Jefe de Estación los casos de retención efectuados<br />

7 Informa a las autoridades respectivas e interesados sobre<br />

animales, plantas, productos y subproductos de origen<br />

vegetal/animal que quedan detenidos y dispone la aplicación<br />

de las opciones de manejo pertinentes.<br />

8 Resuelve las situaciones de riesgo sanitario y fitosanitario que<br />

se presenten y la aplicación de las medidas apropiadas para<br />

suprimir el riesgo<br />

9 Aplica las opciones de manejo subsecuentes<br />

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