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- Facilitar y orientar la toma de decisiones para el adecuado manejo de casos de riesgo<br />
sanitario y fitosanitario.<br />
Todo producto que ofrezca dificultades para su análisis a nivel de Laboratorio de<br />
Prediagnóstico, debe ser remitido al Laboratorio de referencia. El resultado del análisis será<br />
remitido al Inspector de Cuarentena de la Estación aérea, adjuntando por escrito las<br />
observaciones pertinentes y recomendaciones sanitarias y fitosanitarias para el caso en<br />
particular.<br />
Tomando como base el diagnóstico de Laboratorio pueden darse los siguientes casos:<br />
rechazo, tratamiento, reembarque, destrucción o liberación.<br />
II.13 PROCEDIMIENTO PARA EL RECHAZO<br />
Luego de realizada la inspección documental y física, el Inspector de Cuarentena puede<br />
decidir el Rechazo del embarque por las siguientes razones:<br />
- Porque compruebe que los documentos presentados para la revisión documental no<br />
coinciden con las características del producto inspeccionado<br />
- Por intercepción de plagas/enfermedades de interés cuarentenario<br />
- Por resultados de laboratorio que confirmen la presencia de plagas/enfermedades de<br />
interés cuarentenario<br />
Si aplica el Rechazo del producto por no cumplirse con los requisitos en materia sanitaria y<br />
fitosanitaria, procede llenar el Acta de Reenvío para su retorno al país de origen; o si aplica<br />
su destrucción debe llenar el Acta de Destrucción. Todos los gastos ocasionados o que<br />
deriven para el reembarque o destrucción, deben ser cubiertos en su totalidad por el infractor<br />
(importador, representante o propietario).<br />
II.14 PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE TRATAMIENTOS<br />
Tratamientos Cuarentenarios<br />
Son métodos de manejo del riesgo sanitario y fitosanitario, previamente definidos, a los que<br />
se someten los animales/plantas, productos y subproductos de origen animal/vegetal.<br />
Básicamente son procedimientos físicos y químicos para el control de plagas y<br />
enfermedades dentro del ámbito de Salud Animal y Sanidad Vegetal. Se recomienda aplicar<br />
los tratamientos cuarentenarios en apego al Manual de Procedimientos para la Aplicación de<br />
Tratamientos Cuarentenarios.<br />
Lo que pretende el tratamiento es:<br />
Eliminar el nivel de riesgo sanitario y fitosanitario de un animal vivo, planta,<br />
subproducto o producto de origen animal/vegetal, facilitando su ingreso<br />
Suprimir la existencia predeterminada de un riesgo sanitario y fitosanitario en<br />
semillas, animales vivos, plantas, subproductos o productos de origen animal/vegetal.<br />
Facilitar el ingreso de productos que no presentan riesgo sanitario y fitosanitario<br />
controlable a través de estas medidas.<br />
Los tratamientos se pueden dividir en:<br />
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