Leer - Revista Pensamiento Penal
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ejecución de actos tendientes a difundir la apología de un crimen<br />
(publicación y difusión) puede ser interrumpido en esa tarea.”<br />
Jurisprudencia: “En el caso concreto la entrega de material para la<br />
publicación constituye el comienzo de ejecución del delito previsto por el<br />
citado art. 213, pues de acuerdo con la doctrina moderna la tentativa es<br />
posible en los delitos de mera actividad o formales” CFed Crim Corr Sala<br />
I 10/1/87, JA, 1988-III-605<br />
“La doctrina moderna sigue concepciones materiales<br />
para distinguir entre el acto preparatorio y el ejecutivo, hay precisamente<br />
un criterio objetivo individual, que atiende al plan concreto del autor. Por<br />
tanto, la tentativa es perfectamente posible en los delitos de mera actividad<br />
o formales, y si bien la apología consiste en la generalidad de los supuestos<br />
en una única acción ,en el caso concreto parece poder desdoblarse en<br />
varios actos, consintiendo la entrega del material para publicación el<br />
comienzo de ejecución de delito previsto en el citado art. 213 de la ley<br />
penal” Publicado JA 1988-III-605- Lexis exis 03/08/2004<br />
Sin embargo Creus cree que “no es fácil concebir la tentativa”.<br />
Es de aclarar que si es posible la apología de un delito en grado de<br />
tentativa, pero no la tentativa de apología de un delito, la razón es que la<br />
consumación coincide con la apología 19 .<br />
X)DIFERECIAS CO OTROS DELITOS:<br />
Estupefaciente:<br />
Ley 23.737 Art. 12: “Será reprimido con prisión de dos a seis años<br />
y multa de 225,00 a 4.500.000 australes:<br />
el que preconizare o difundiere públicamente el uso de<br />
estupefacientes, o indujere a otro a consumirlos;<br />
publico”<br />
el que usare estupefacientes con ostentación y trascendencia al<br />
Se justifica este articulo diciendo que el objeto del trafico ilegal de<br />
estupefaciente es el animo de lucro y que para que ese lucro sea seguro y<br />
19 Creus, “Derecho <strong>Penal</strong>. Parte Especial” tomo 2 pag. 131; y Laje Anaya, “Comentarios<br />
al Codigo <strong>Penal</strong>” tomo IV pag. 63