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Cautividad Babilónica De La Iglesia - Escritura y Verdad

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<strong>La</strong> <strong>Cautividad</strong> <strong>Babilónica</strong> <strong>De</strong> <strong>La</strong> <strong>Iglesia</strong><br />

seguir teniéndola como esposa? ¿no hubiera podido Pablo casarse con una joven corintia, puesto<br />

que se gloría de haber engendrado para Cristo a todos los de Corinto? 117 . Ahí tienes hasta qué<br />

extremos es capaz de oprimir la humana superstición a la libertad cristiana.<br />

Pues mucho más absurdo aún es el parentesco legal; sin embargo, lo han encumbrado por<br />

encima del derecho divino del matrimonio. Tampoco me mostraría de acuerdo con ese<br />

impedimento que llaman de disparidad de religión y que prohibe la contracción del matrimonio<br />

con una mujer no bautizada ni incondicionadamente ni bajo condición de convertirse a la fe.<br />

¿Quién ha prohibido eso? ¿Quién ha otorgado a los hombres poder para impedir estos<br />

matrimonios? Esos espíritus de la mentira que hablan hipócritamente, como dice Pablo 118 , y a los<br />

que cabe aplicar aquello de que «los inicuos me contaron fábulas, pero no hablaron como tu<br />

ley» 119 . Patricio, siendo gentil, se casó con Mónica, madre de san Agustín, que era cristiana: ¿por<br />

qué no se puede repetir lo mismo ahora?<br />

<strong>La</strong> misma estulticia, incluso impiedad, rigurosa, entraña el impedimento de crimen; es<br />

decir, el impedimento que se origina cuando uno se casa con la mujer con quien antes hubiera<br />

cometido adulterio, o cuando hubiere tramado la muerte del cónyuge anterior para poderse casar<br />

con el superviviente. Por favor, ¿de dónde viene este rigor del hombre contra el hombre, si jamás<br />

se mostró Dios tan exigente? ¿Es que se empeñan en ignorar que David, hombre santísimo, se<br />

casó con Betsabé, la mujer de Urías, después de haber sido consumados ambos delitos, es decir,<br />

después de haber adulterado con ella y matado a su marido? Si la ley divina actuó de esa forma,<br />

¿qué es lo que hacen esos tiranos contra sus compañeros de servidumbre?<br />

También se considera como impedimento -que llaman de lazo- el que uno se encuentre<br />

ligado a otro por esponsales. Concluyen que si alguno ha tenido comercio carnal con otro<br />

caducan los esponsales en los que se había comprometido. No acabo de entenderlo. Yo creo que<br />

si alguien se ha comprometido con otra persona ya no es del todo independiente y que, según la<br />

prohibición del derecho divino, se debe a la primera persona, con la que no ha tenido relaciones<br />

carnales, incluso aunque las haya tenido después con una tercera. No podía dar lo que aún no<br />

poseía: engañó a la primera mujer y cometió un real adulterio. Que ellos opinen de otra manera se<br />

debe únicamente a que hacen más caso de la cópula carnal que del precepto divino que ordena la<br />

fidelidad a la primera a quien se había prometido. El que quiera dar, dé de lo que tiene. Dios<br />

prohibe que se defraude al hermano en cualquier clase de contrato, vigente más allá y por encima<br />

de todas las tradiciones humanas. Considero, por tanto, que, quedando a salvo la conciencia, en<br />

este caso no se puede cohabitar con la segunda persona, y que el sentido de este impedimento<br />

tiene que entenderse al revés. Porque si el voto religioso enajena, ¿cómo no lo va a hacer la<br />

fidelidad mutuamente otorgada y aceptada, al ser ésta un precepto y un fruto del Espíritu (Gál<br />

5) 120 , y aquél un efecto de la voluntad de los hombres? Si la esposa puede volver a tomar al<br />

marido a pesar del voto religioso emitido, ¿por qué no podrá reclamarle la esposa, aunque haya<br />

mediado cópula con otra? Hemos dicho más arriba que no puede emitir votos religiosos quien<br />

haya prometido fidelidad a una doncella; tiene la obligación de casarse con ella, precisamente<br />

porque está obligado a observar la fidelidad preceptuada por Dios y que no puede dispensarse por<br />

ninguna tradición humana. Con mucho mayor motivo habrá de atenerse a lo mismo en el caso<br />

que nos ocupa. Tendrá que seguir siendo fiel a la primera, puesto que la fidelidad prometida a la<br />

segunda fue engañosa y, por tanto, inválida; más exactamente: fue un fraude cometido en<br />

117 1ª Cor 4, 15.<br />

118 1ª Tim 4, 1-3.<br />

119 Sal 119, 69.<br />

120 Gál 5, 22.<br />

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