La Vivienda como Derecho Constitucional - Universidad Juárez ...
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<strong>La</strong> <strong>Vivienda</strong> <strong>como</strong> <strong>Derecho</strong> <strong>Constitucional</strong><br />
“Solo resta resolver los instrumentos y los medios de ejecución para contribuir<br />
a hacer realidad el derecho a la vivienda para todos los mexicanos. Entre otras<br />
cuestiones se sugiere:<br />
90<br />
A. Crear un grupo multidisciplinario para revisar y analizar el texto<br />
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,<br />
las Constituciones locales, las leyes federales y estatales, los<br />
acuerdos nacionales e internacionales, pactos, circulares,<br />
decretos…, con el objetivo de establecer propuestas sobre el<br />
derecho de los mexicanos a la vivienda, las políticas públicas<br />
y acciones de gobierno y, las actividades de las instituciones<br />
públicas y privadas.<br />
B. Crear el derecho uniforme con una Ley Federal de <strong>Vivienda</strong> para<br />
unificar criterios, seguir apoyando a los sectores de bajos ingresos<br />
y abrir esquemas de beneficios reales para todos los mexicanos.<br />
C. Legislar para que el sistema de crédito destinado a la adquisición<br />
de vivienda se agilice y se realice conforme a una tasa preferencial<br />
que privilegie lo social, con un esquema de plazos fijos sobre<br />
saldos insolutos. Esto porque la tasa variable sujeta a la tasa<br />
líder del mercado, siempre se sujeta a la voluntad de una de las<br />
partes, en este caso, a la institución crediticia.<br />
D. Modificar el Artículo 723 del Código Civil Federal, “El valor<br />
máximo de los bienes afectados al patrimonio de familia,<br />
conforme al artículo, será la cantidad que resulte de multiplicar<br />
por 3650 el importe del salario mínimo general diario vigente en<br />
el Distrito Federal, en la época en que se constituya el patrimonio”,<br />
se propone: “Los bienes afectados conforme al patrimonio<br />
de familia, deberá ser la casa que se habite, sin distinción ni<br />
discriminación de la persona; ya sea por carencia o suficiencia<br />
económica”.<br />
E. Adecuar el Artículo 47 de la Ley Federal de <strong>Vivienda</strong>, los artículos<br />
723 al 730 del Código Civil Federal y los que correspondan a su<br />
equivalente en los Estados, la fracción XXVIII del Artículo 123