informe-155
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Defensoría del Pueblo<br />
En ese estudiante sentido, en como el aspecto requisito educativo, para la este matrícula, instrumento que sea internacional impedimento prescribe<br />
en su artículo 24º que para hacer efectivo tal derecho se deben hacer<br />
y<br />
ajustes razonables en función de las necesidades individuales de dichas personas<br />
• Traslado: y prestarles Las el Directivas apoyo necesario Nº 001-2006 en el sistema y N°001-2008 educativo señalan general, que las siendo instituciones<br />
de educativas dichos ajustes en general un tipo no de pueden discriminación. solicitar requisitos adicio-<br />
la denegación<br />
nales a los establecidos para los diferentes niveles y modalidades, para<br />
En concreto, proceder la adaptabilidad a un traslado de implicará, matrícula. entre 86 Similar otros aspectos, disposición diseñar encuentra e implementar<br />
en adaptaciones la Directiva para curriculares el año escolar y metodológicas, 2011, que establece contar que con los materiales requisitos y<br />
recursos de pedagógicos traslado son los para mismos la enseñanza establecidos y aprendizaje los diferentes de los estudiantes niveles y modalidades,<br />
la existencia incluyendo de el recursos <strong>informe</strong> informáticos psicopedagógico, adaptados, si lo hubiere. la existencia<br />
con<br />
discapacidad,<br />
de intérpretes en lengua de señas o su dominio por parte de los docentes.<br />
• Docentes: De manera general podemos señalar que las disposiciones<br />
3.5.4.1.<br />
en<br />
Obligación<br />
materia de<br />
de<br />
inclusión<br />
diseñar<br />
no<br />
e implementar<br />
imponen a las<br />
adaptaciones<br />
instituciones<br />
curriculares<br />
educativas privadas<br />
la obligación de contar con profesores especializados en educación<br />
inclusiva y, menos aún, en discapacidad sin aula a cargo, sino que<br />
Las adaptaciones curriculares se aplican en consideración de las características<br />
reserva dicha tarea al Ministerio de Educación mediante una asignación<br />
y las necesidades educativas especiales de los estudiantes desde un enfoque<br />
presupuestal paulatina. En todo caso, la única obligación de las instituciones<br />
educativas privadas, según lo dispuesto en la Directiva para<br />
pedagógico abierto y comprensivo que responde a los ajustes razonables que<br />
señala la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.<br />
el año escolar 2011, es consignar en su Plan Anual de Trabajo acciones<br />
para fortalecer las capacidades pedagógicas de sus docentes, organideben<br />
Se trata de estrategias pedagógicas específicas que comprenden modificaciones<br />
para facilitar<br />
facilitar<br />
el acceso<br />
la participación<br />
del niño<br />
de<br />
o niña<br />
sus docentes<br />
con discapacidad<br />
en acciones<br />
al<br />
de<br />
currículo<br />
capacitación<br />
diseñadas del proyecto por la curricular propia institución, general; asimismo, Municipalidad, permiten Unidades superar de la<br />
y<br />
los elementos<br />
práctica Gestión y cultura Educativas pedagógica Local tradicional (UGEL), donde Dirección la atención Regional educativa de Educación está diseñada<br />
(DRE), de manera Ministerio uniforme de Educación bajo la premisa u otro de sector que del se desarrollen Estado y/o las institución mismas<br />
actividades, particular en el acreditada mismo momento, por la instancia con el mismo competente. estilo y No ritmo, obstante, de la misma señala<br />
forma la y con Directiva, los mismos estas acciones materiales. no deben afectar el normal desarrollo de la<br />
jornada escolar, con lo cual las posibilidades de lograr la efectiva participación<br />
como de los resultado docentes de en la estas supervisión jornadas realizada, disminuyen. el 92.11% de los do-<br />
Al respecto,<br />
centes entrevistados señaló que no recibió materiales ni recursos adaptados<br />
para • la Permanencia/asesoramiento: enseñanza de los estudiantes La con Directiva discapacidad para el (textos, año escolar láminas, 2011 material<br />
en pone Braille, que etc.). las instituciones No obstante, educativas este dato se en debe general leer deben en consonancia garantizar con la<br />
dis-<br />
el hecho plena de que participación el 95.90% de los las instituciones estudiantes con educativas discapacidad no ha en solicitado todas las<br />
compra actividades de materiales de la adaptados. institución, Ello así demuestra como facilitar que la si atención bien el servicio educativa de<br />
provisión para de las materiales necesidades adaptados educativas no especiales. suficiente, Adicionalmente, la demanda en por el parte proceso de<br />
las instituciones educativas tampoco lo es.<br />
-<br />
ciales, las instituciones educativas privadas deben realizar, de acuerdo<br />
De acuerdo a su reglamento con los directores interno, de las las adaptaciones instituciones curriculares educativas, el que 79.24% requiera considera<br />
que proceso su institución de enseñanza-aprendizaje brinda una atención de acorde cada estudiante. con las necesidades Estas disposi-<br />
edu-<br />
el<br />
cativas ciones especiales se deben los leer estudiantes. de manera conjunta con lo establecido en la Di-<br />
86<br />
Directiva Nº 001-2006-VMGP/DINEIP/UEE, parágrafo 6.7; y Directiva Nº 001-2008-VMGP//<br />
DINEIP/DIGEBE, parágrafo 8.<br />
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