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informe-155

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Defensoría del Pueblo<br />

En ese estudiante sentido, en como el aspecto requisito educativo, para la este matrícula, instrumento que sea internacional impedimento prescribe<br />

en su artículo 24º que para hacer efectivo tal derecho se deben hacer<br />

y<br />

ajustes razonables en función de las necesidades individuales de dichas personas<br />

• Traslado: y prestarles Las el Directivas apoyo necesario Nº 001-2006 en el sistema y N°001-2008 educativo señalan general, que las siendo instituciones<br />

de educativas dichos ajustes en general un tipo no de pueden discriminación. solicitar requisitos adicio-<br />

la denegación<br />

nales a los establecidos para los diferentes niveles y modalidades, para<br />

En concreto, proceder la adaptabilidad a un traslado de implicará, matrícula. entre 86 Similar otros aspectos, disposición diseñar encuentra e implementar<br />

en adaptaciones la Directiva para curriculares el año escolar y metodológicas, 2011, que establece contar que con los materiales requisitos y<br />

recursos de pedagógicos traslado son los para mismos la enseñanza establecidos y aprendizaje los diferentes de los estudiantes niveles y modalidades,<br />

la existencia incluyendo de el recursos <strong>informe</strong> informáticos psicopedagógico, adaptados, si lo hubiere. la existencia<br />

con<br />

discapacidad,<br />

de intérpretes en lengua de señas o su dominio por parte de los docentes.<br />

• Docentes: De manera general podemos señalar que las disposiciones<br />

3.5.4.1.<br />

en<br />

Obligación<br />

materia de<br />

de<br />

inclusión<br />

diseñar<br />

no<br />

e implementar<br />

imponen a las<br />

adaptaciones<br />

instituciones<br />

curriculares<br />

educativas privadas<br />

la obligación de contar con profesores especializados en educación<br />

inclusiva y, menos aún, en discapacidad sin aula a cargo, sino que<br />

Las adaptaciones curriculares se aplican en consideración de las características<br />

reserva dicha tarea al Ministerio de Educación mediante una asignación<br />

y las necesidades educativas especiales de los estudiantes desde un enfoque<br />

presupuestal paulatina. En todo caso, la única obligación de las instituciones<br />

educativas privadas, según lo dispuesto en la Directiva para<br />

pedagógico abierto y comprensivo que responde a los ajustes razonables que<br />

señala la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.<br />

el año escolar 2011, es consignar en su Plan Anual de Trabajo acciones<br />

para fortalecer las capacidades pedagógicas de sus docentes, organideben<br />

Se trata de estrategias pedagógicas específicas que comprenden modificaciones<br />

para facilitar<br />

facilitar<br />

el acceso<br />

la participación<br />

del niño<br />

de<br />

o niña<br />

sus docentes<br />

con discapacidad<br />

en acciones<br />

al<br />

de<br />

currículo<br />

capacitación<br />

diseñadas del proyecto por la curricular propia institución, general; asimismo, Municipalidad, permiten Unidades superar de la<br />

y<br />

los elementos<br />

práctica Gestión y cultura Educativas pedagógica Local tradicional (UGEL), donde Dirección la atención Regional educativa de Educación está diseñada<br />

(DRE), de manera Ministerio uniforme de Educación bajo la premisa u otro de sector que del se desarrollen Estado y/o las institución mismas<br />

actividades, particular en el acreditada mismo momento, por la instancia con el mismo competente. estilo y No ritmo, obstante, de la misma señala<br />

forma la y con Directiva, los mismos estas acciones materiales. no deben afectar el normal desarrollo de la<br />

jornada escolar, con lo cual las posibilidades de lograr la efectiva participación<br />

como de los resultado docentes de en la estas supervisión jornadas realizada, disminuyen. el 92.11% de los do-<br />

Al respecto,<br />

centes entrevistados señaló que no recibió materiales ni recursos adaptados<br />

para • la Permanencia/asesoramiento: enseñanza de los estudiantes La con Directiva discapacidad para el (textos, año escolar láminas, 2011 material<br />

en pone Braille, que etc.). las instituciones No obstante, educativas este dato se en debe general leer deben en consonancia garantizar con la<br />

dis-<br />

el hecho plena de que participación el 95.90% de los las instituciones estudiantes con educativas discapacidad no ha en solicitado todas las<br />

compra actividades de materiales de la adaptados. institución, Ello así demuestra como facilitar que la si atención bien el servicio educativa de<br />

provisión para de las materiales necesidades adaptados educativas no especiales. suficiente, Adicionalmente, la demanda en por el parte proceso de<br />

las instituciones educativas tampoco lo es.<br />

-<br />

ciales, las instituciones educativas privadas deben realizar, de acuerdo<br />

De acuerdo a su reglamento con los directores interno, de las las adaptaciones instituciones curriculares educativas, el que 79.24% requiera considera<br />

que proceso su institución de enseñanza-aprendizaje brinda una atención de acorde cada estudiante. con las necesidades Estas disposi-<br />

edu-<br />

el<br />

cativas ciones especiales se deben los leer estudiantes. de manera conjunta con lo establecido en la Di-<br />

86<br />

Directiva Nº 001-2006-VMGP/DINEIP/UEE, parágrafo 6.7; y Directiva Nº 001-2008-VMGP//<br />

DINEIP/DIGEBE, parágrafo 8.<br />

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